¿Puede una persona instalar cámaras de seguridad para grabar en el espacio público

Está claro que los particulares no pueden instalar cámaras de seguridad en que trasciendan al espacio público para ejercer funciones de vigilancia.

No, ninguna entidad o persona puede instalar cámaras de seguridad con la finalidad de grabar el espacio público puesto que la vigilancia y control de la seguridad en los espacios públicos solo puede ser llevado a cabo y en control de las entidades del estado colombiano.

Es necesario tener en cuenta que, lo establecido en la ley 1581 de 2012 en el artículo 2° en lo respectivo a el uso exclusivo del ambito privado en el hogar, no cobija las cámaras instaladas en elementos del espacio público con la finalidad de vigilar y grabar el espacio público, puesto que esto es una función exclusiva de las entidades del estado como lo es la policía, por lo que y como es evidente, es muy diferente una cámara de seguridad que toma el espacio público al estar instalada en la fachada del lugar de residencia para vigilar las zonas de acceso, a una cámara de vigilancia que está en función de grabar la calle o que apunte al espacio público para grabar el mismo.

Es recomendable, antes de tomar cualquier acción que pueda ir en esta vía, acudir a la Secretaría de Seguridad de la ciudad, la cual es la encargada de resolver cualquier duda o petición en este sentido, lo que por supuesto se puede hacer mediante un derecho de petición (PQR).

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