Con la entrada en aplicación de la reforma laboral en Colombia, que estableció el inicio de los recargos nocturnos desde las 7:00 p. m. (diciembre 2025) y el aumento del recargo por trabajo dominical y festivo al 90 % (julio 2026), también surgieron dudas entre los trabajadores sobre cómo estos pagos adicionales pueden afectar algunos de sus beneficios.
Una de ellas está relacionada con el auxilio de transporte: si una persona tiene un salario base inferior a dos salarios mínimos, pero al sumar horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos supera ese límite durante el mes, ¿puede la empresa dejar de pagarle este beneficio?
Para 2026, el salario mínimo es de $1.750.905, por lo que dos salarios mínimos corresponden a $3.501.810. Ante este escenario, Manuel Plazas, abogado líder de Derecho Laboral, Seguridad Social y Litigios en Scola Abogados, explicó para La FM que es necesario diferenciar entre el salario efectivamente devengado durante el mes y las reglas específicas que determinan el acceso a cada beneficio.
¿Las horas extras y recargos hacen que el trabajador supere los dos salarios mínimos?
De acuerdo con Plazas, cuando se busca establecer cuál fue la remuneración salarial efectivamente devengada durante un mes, sí deben sumarse el salario ordinario y los demás conceptos salariales causados en ese período.
Esto incluye las horas extras, los recargos nocturnos y la remuneración por el trabajo realizado en domingos y festivos.
“Las horas extras, los recargos nocturnos y la remuneración por trabajo en domingos y festivos forman parte del salario devengado en el respectivo mes”, explicó el abogado.
Sin embargo, que estos pagos hagan parte del salario no significa que la suma tenga el mismo efecto para todos los beneficios laborales. El auxilio de transporte, la dotación y los aportes al Sistema de Seguridad Social tienen reglas diferentes.
¿Se pierde el auxilio de transporte al superar los dos salarios mínimos con horas extras?
Un trabajador no pierde el auxilio de transporte únicamente porque las horas extras eleven su ingreso mensual por encima de dos salarios mínimos. Esta es la precisión de Manuel Plazas frente a los casos en los que el salario correspondiente a la jornada ordinaria permanece por debajo del límite, pero el pago de trabajo suplementario hace que el ingreso del mes lo supere.
El abogado señaló que el Ministerio del Trabajo ha sostenido esta posición en los conceptos con radicados 08SI2017726600100000961 de 2019 y 02EE2020410600000005465 de 2020. Allí se analizó precisamente la situación de trabajadores cuyo salario ordinario no supera los dos salarios mínimos, pero que exceden ese monto por las horas extras.
“Las horas extras no deben computarse para privar al trabajador del auxilio de transporte en ese supuesto”, afirmó Plazas.
La diferencia está en que el salario ordinario remunera la jornada pactada, mientras que las horas extras corresponden al trabajo realizado por fuera de ella. Por eso, si el salario ordinario está dentro del límite y el exceso se genera únicamente por trabajo suplementario, se mantiene el derecho al auxilio de transporte.
¿Las horas extras también cuentan para determinar si se entrega la dotación?
En materia de dotación, la regla es diferente. El artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo establece que el empleador debe entregar calzado y vestido de labor al trabajador cuya remuneración mensual sea de hasta dos salarios mínimos, siempre que haya cumplido más de tres meses al servicio del empleador para la respectiva fecha de entrega.
Según explicó Plazas, esta disposición habla de la remuneración mensual, no exclusivamente del salario básico o de la remuneración correspondiente a la jornada ordinaria.
Por ello, al determinar si el trabajador está dentro del límite económico para recibir la dotación, deben considerarse los conceptos que jurídicamente integran su salario durante el período correspondiente.
En consecuencia, las horas extras, los recargos nocturnos y el trabajo en domingos y festivos pueden incidir en la determinación de la remuneración mensual para este beneficio.
¿Las horas extras deben incluirse en los aportes a seguridad social?
En los aportes a salud, pensión y riesgos laborales, los pagos de naturaleza salarial sí deben formar parte del ingreso base de cotización.
Plazas explicó que la legislación establece que, para los trabajadores particulares, la base de cotización se determina a partir del salario y que el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo incluye dentro de este el trabajo suplementario, las horas extras y el trabajo realizado en días de descanso obligatorio.
Por esta razón, el empleador no puede calcular los aportes únicamente sobre el salario básico cuando el trabajador ha recibido otros conceptos salariales durante el mes.
“Estos valores deben reflejarse en el ingreso base de cotización correspondiente”, señaló.
¿Qué puede hacer un trabajador si considera que sus derechos fueron desconocidos?
El primer paso es presentar una reclamación directa ante el empleador, indicando el concepto que considera incorrectamente liquidado y los períodos que solicita revisar.
Si la situación no se corrige, puede acudir al Ministerio del Trabajo para solicitar orientación, promover una conciliación cuando sea procedente o presentar una queja.
Cuando exista una controversia sobre un derecho laboral individual que no pueda resolverse directamente, corresponde a la Jurisdicción Ordinaria Laboral determinar si existe el derecho y, de ser procedente, ordenar su reconocimiento.
Si el problema está relacionado con aportes a seguridad social calculados sobre una base inferior al salario realmente devengado, también puede ponerse en conocimiento de la UGPP, dentro de sus competencias de fiscalización.
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