La Procuraduría General de la Nación pidió al Tribunal Administrativo de Santander abstenerse, por ahora, de ordenar al Ministerio de Ambiente adoptar una decisión sobre la continuidad de la reserva temporal del páramo de Santurbán, antes del 4 de marzo de 2027.
La petición fue presentada por la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales, Minero-Energéticos y Agrarios, designada por el procurador general, Gregorio Eljach, para intervenir en el proceso judicial sobre la protección de Santurbán, luego de desplazar al Procurador 47 Judicial II para la Conciliación Administrativa.
La discusión se da luego de que el Ministerio de Ambiente revocara, en septiembre de 2026, la decisión que había extendido hasta 2029 la reserva temporal del páramo. Según los documentos del proceso, el plazo inicial de esa medida vence el 4 de marzo de 2027.
Ante ese escenario, el procurador 47 Judicial había solicitado al tribunal ordenar al Ministerio de Ambiente que, antes de esa fecha, decida si mantiene la protección temporal del territorio.
Sin embargo, la delegada ambiental pidió no imponer esa orden por ahora, argumentando que primero se debe establecer qué medidas de protección siguen vigentes, qué trámites están pendientes y si es posible adoptar una decisión dentro del plazo propuesto.
La entidad también pidió revisar las observaciones que había formulado junto con la Defensoría del Pueblo sobre el procedimiento que llevó a declarar la reserva temporal en 2025.
En un informe presentado en mayo de ese año, los organismos señalaron dificultades para convocar y socializar la propuesta, obstáculos para presentar comentarios y problemas en las respuestas a las inquietudes ciudadanas.
El Ministerio Público había solicitado espacios de diálogo con las comunidades y una revisión del área que se proponía incluir en la reserva, por lo que ahora considera necesario verificar si las observaciones de los habitantes fueron realmente tenidas en cuenta.
Además, pidió al tribunal revisar las decisiones judiciales relacionadas con Santurbán, incluida la Sentencia T-361 de 2017 de la Corte Constitucional, para evitar órdenes contradictorias sobre la protección del páramo.
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