Desde ahora el presidente Abelardo de la Espriella solo recibirá oficialmente a delegaciones encabezadas por Jefes de Estado o Jefes de Gobierno de otros países.
Esto según el Decreto 1492 del 6 de octubre de 2026, con el cual la Cancillería reglamentó el protocolo diplomático para la recepción de visitas internacionales.
La norma, firmada por el canciller Omar Nicolás Bula Escobar, establece que cualquier otra autoridad internacional que visite Colombia será atendida por el ministro de Relaciones Exteriores o por funcionarios de su mismo rango. Cualquier solicitud de reunión con el primer mandatario deberá tramitarse obligatoriamente a través de la Cancillería.
El decreto contempla únicamente una excepción: el presidente mantendrá la facultad de recibir a dignatarios de menor rango solo cuando determine que la reunión es conveniente para los intereses de la política exterior del país.
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