No fue un autoatentado. La Corte Constitucional llamó la atención al exdirector de la Unidad Nacional de Protección (UNP) Augusto Rodríguez bajo el gobierno de Gustavo Petro, por las declaraciones que dio tras el ataque al senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay, que se tornó en un magnicidio, en junio de 2025.
El alto tribunal consideró que las declaraciones de ese entonces de Rodríguez sobre el atentado no solo fueron inexactas, sino que cruzaron todo tipo de límites.
La corte le ordenó a la UNP que, a través de su director, Didier Blanco, ofrezca una rueda de prensa, presente excusas públicas a la familia de Uribe Turbay y reconozca que su antecesor, Rodríguez, «excedió los límites de la libertad de expresión» al revelar aspectos reservados sobre la seguridad del congresista.
El fallo responde a una tutela que presentó María Claudia Tarazona, viuda del político. La controversia surgió luego de que Rodríguez sugiriera que las fallas en el esquema de protección del militante del Centro Democrático —y opositor al expresidente Petro— obedecían a decisiones del propio precandidato.
Corte cuestiona declaraciones de Rodríguez sobre Miguel Uribe Turbay
Para el alto tribunal, Rodríguez no resguardó el deber de confidencialidad de la información que custodiaba. Las intervenciones del exdirector representaron una «exposición injustificada e irrazonable sobre aspectos sometidos a reserva y sobre las decisiones internas surgidas en el ámbito íntimo de la familia».
Rodríguez, a quien la Procuraduría investiga por presuntas omisiones y fallas en la seguridad del aspirante presidencial, afectó la honra, el buen nombre y la memoria póstuma de Uribe Turbay. La Corte enfatizó en la responsabilidad que tienen las autoridades del Estado al referirse a sus opositores en intervenciones públicas.
Las instituciones deben «abstenerse de utilizar retóricas oficiales que descalifiquen de alguna forma a los opositores», promover espacios de «deliberación pública que validen la legitimidad de las distintas posturas» y «proscribir narrativas estigmatizantes», zanjó una sala de revisión con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés.
UNP deberá ofrecer excusas y ajustar sus protocolos de protección
El tribunal, además, reprochó la falta de respuesta adecuada por parte de la UNP cuando la esposa de Uribe Turbay pidió rectificar las afirmaciones del exfuncionario Rodríguez. La respuesta de la entidad fue evasiva y vulneró «las obligaciones que derivan del derecho de petición» y del derecho a la verdad «que le asiste a las víctimas».
Además del acto público de excusas y la obligación de responder de fondo a la solicitud de la familia, la orden judicial le dio un plazo de un mes a la UNP para actualizar sus protocolos internos y garantizar que las medidas de protección ligadas a la vida íntima y familiar de cualquier persona protegida tendrá límites de cara a la opinión pública.
Y exhortó a la UNP, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación a que «aúnen esfuerzos en el corto tiempo y prevean un mecanismo» para «el diseño e implementación de las medidas de protección que se estimen pertinentes en casos de alto riesgo para los miembros de la oposición política».
Claves del tema, en cuatro preguntas:
¿Por qué la Corte Constitucional le ordenó a la UNP pedir disculpas a la familia de Miguel Uribe Turbay?
La Corte concluyó que las declaraciones de Augusto Rodríguez, exdirector de la UNP, vulneraron la honra, el buen nombre, la intimidad y la memoria póstuma del senador y precandidato presidencial. El tribunal consideró que reveló información reservada sobre su esquema de seguridad y excedió los límites de la libertad de expresión.
¿Qué deberá hacer la UNP tras el fallo de la Corte Constitucional?
La Unidad Nacional de Protección, a través de su director Didier Blanco, deberá ofrecer una rueda de prensa y presentar excusas públicas a la familia de Miguel Uribe Turbay. Además, tendrá que responder de fondo a la solicitud de rectificación presentada por María Claudia Tarazona y reconocer que su antecesor excedió los límites al referirse públicamente a la seguridad del político.
¿Qué cuestionó la Corte sobre las declaraciones de Augusto Rodríguez?
El alto tribunal señaló que Rodríguez incumplió el deber de confidencialidad sobre información que estaba bajo su custodia y expuso de manera injustificada aspectos reservados de la seguridad de Uribe Turbay y decisiones internas de su familia. También advirtió que las autoridades deben evitar discursos que descalifiquen o estigmaticen a los opositores políticos.
¿Qué cambios deberá hacer la UNP en sus protocolos de protección?
La Corte le dio a la UNP un plazo de un mes para actualizar sus protocolos internos y establecer límites sobre la divulgación de información relacionada con la vida íntima y familiar de las personas protegidas. También pidió a la UNP, la Defensoría y la Procuraduría coordinar un mecanismo para fortalecer la protección de miembros de la oposición política en casos de alto riesgo.
/la fm

