Frente a las recientes denuncias públicas sobre la prestación del servicio de aseo en Santa Marta, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios informa que desde hace varios meses adelanta actuaciones de inspección y vigilancia sobre Atesa S.A. E.S.P., con el propósito de verificar las condiciones en las que se presta el servicio y proteger los derechos de los usuarios.
Entre el 24 y el 27 de marzo de 2026, la Superservicios realizó una visita de inspección en terreno que comprendió las diferentes actividades del servicio público de aseo: recolección y transporte de residuos no aprovechables y sistema de contenedores; barrido y limpieza de vías y áreas públicas; corte de césped; poda de árboles; lavado de áreas públicas y disposición final.
Como resultado de esta actuación, el 30 de junio de 2026 la Superintendencia comunicó formalmente al prestador los hallazgos identificados durante la inspección y publicó el correspondiente informe de visita.
La vigilancia no se ha limitado a la visita realizada en marzo. Durante este año, y ante las diferentes alertas conocidas sobre la prestación del servicio, la Superservicios ha requerido en tres oportunidades información a ATESA para verificar el estado de la prestación y las medidas adoptadas por la empresa.
Los requerimientos fueron realizados el 23 de febrero, 20 de abril y, el más reciente, el 12 de agosto de 2026, mediante los radicados SSPD No. 20264300680581, 20264301674211 y 20264303924341, respectivamente.
ACCIONES DE CONTROL
Con la información obtenida durante la visita, los hallazgos identificados y las respuestas a los requerimientos, la Dirección Técnica de Gestión de Aseo de la Superservicios se encuentra analizando las acciones de control a seguir, de acuerdo con las competencias de la entidad y la normatividad vigente.
La Superintendencia continuará verificando que el prestador adopte las medidas necesarias frente a las situaciones identificadas y que la prestación responda a las necesidades de los usuarios de Santa Marta.
La terminación de la toma de posesión de ESSMAR y su devolución al Distrito de Santa Marta no modifica las funciones de inspección, vigilancia y control que ejerce la Superservicios sobre los prestadores de servicios públicos domiciliarios que operan en la ciudad.
Las decisiones relacionadas con los contratos celebrados por las entidades territoriales corresponden a las autoridades competentes y deben adoptarse dentro del marco jurídico aplicable. A la Superservicios le corresponde vigilar la prestación y adelantar las actuaciones de control que sean procedentes cuando identifique posibles incumplimientos que puedan afectar a los usuarios.
A los samarios queremos decirles que la Superservicios seguirá atenta a lo que ocurre con el servicio de aseo en su ciudad. Nuestra prioridad es la gente y la protección de su derecho a recibir un servicio continuo, eficiente y de calidad. Las situaciones que puedan afectar la prestación serán verificadas y, cuando corresponda, la entidad actuará dentro de sus competencias.

