El Ministerio de Transporte publicó por segunda vez para comentarios el proyecto de resolución que establece, por primera vez en Colombia, las reglas para la circulación de los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana, como patinetas, scooters.
El proyecto define una clasificación nacional para los vehículos de micromovilidad y establece las condiciones técnicas y de seguridad que deberán cumplir para circular.
Entre las principales disposiciones se encuentran la exigencia de que estos vehículos cuenten con sistemas de frenado, iluminación delantera y trasera, elementos reflectivos, direccionales, dispositivo acústico, indicador de velocidad y nivel de batería, así como limitadores de velocidad y mecanismos que impidan modificaciones que alteren sus condiciones de operación.
Además, la propuesta fortalece la protección de los usuarios al establecer el uso obligatorio de casco certificado y de prendas retrorreflectivas durante la noche.
Otro de los principales cambios de esta nueva normativa se trata de la creación de reglas claras para su circulación. En los municipios donde no exista una reglamentación específica, los vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana podrán transitar por ciclovías y espacios destinados a actividades recreativas y deportivas con una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, mientras que, por fuera del perímetro urbano y bajo las condiciones previstas en la resolución, podrán circular hasta 40 kilómetros por hora, siempre respetando la señalización y las restricciones que establezcan las autoridades competentes.
“La micromovilidad ya hace parte de la vida cotidiana de miles de personas y el país necesitaba reglas claras para garantizar una convivencia segura entre todos los actores de la vía. Con esta reglamentación damos un paso histórico para ordenar su circulación, proteger la vida, promover una movilidad más sostenible y brindar herramientas claras a las autoridades para ejercer control en todo el territorio nacional”, destacó la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas.
Destacó que esta normativa responde al crecimiento acelerado que ha tenido la micromovilidad en el país, incorporando un marco regulatorio que brinda seguridad jurídica tanto a los usuarios como a las autoridades de tránsito, fabricantes, importadores y comercializadores.
/Colprensa

