¿Tiene futuro la denuncia de Petro por prevaricato contra el magistrado Bedoya?

La inédita exigencia del presidente, Gustavo Petro, de procesar por prevaricato al magistrado que frenó el traslado de $25 billones pensionales carece de viabilidad jurídica y se ampara, paradójicamente, en la misma ley que usó el tribunal para suspender la medida gubernamental.

Así lo advirtieron expertos penalistas, quienes concluyeron que esta arremetida judicial del mandatario, sumada a su nueva amenaza de denunciar a banqueros por estafa, agudiza el choque institucional que ha marcado su cuatrienio.

La controversia jurídica escaló luego de que la Sección Segunda del alto tribunal suspendiera el Decreto 415 de 2026, con el que el Ejecutivo pretendía trasladar cerca de $25 billones desde los fondos privados a Colpensiones.

En su defensa, el mandatario publicó en la red social X una captura de pantalla del parágrafo de la suspendida Ley 2381 de 2024 (Reforma Pensional), el cual indica que el ahorro individual seguirá siendo administrado por los fondos privados hasta que se consolide la pensión integral de vejez, argumentando que el magistrado violó esta norma al negar el pago a los trabajadores y concluyó que su acción «es un delito y punto».

Sin embargo, el Consejo de Estado utilizó exactamente ese mismo fragmento normativo para fallar en contra del Gobierno, al sostener que la ley establecía claramente que los recursos debían permanecer en las administradoras de fondos y que, por lo tanto, el Ejecutivo no podía ordenar un traslado forzoso mediante un decreto reglamentario.

Bajo este escenario legal, la tipificación del prevaricato encuentra barreras insalvables. El abogado Miguel González Sánchez explicó a Colprensa que para que este delito se configure, los jueces deben apartarse abruptamente de la normatividad, algo que no ocurrió en esta medida cautelar porque, tras la ponderación de los magistrados, «se percibe que actuaron en legalidad y dentro del marco del derecho».

González Sánchez reconoció que el tipo penal sí puede cobijar decisiones cautelares, pero aclaró que lo que sanciona la ley es que el juez «se aparte abruptamente del ordenamiento legal», un «aspecto que no se denota acá».

En una línea similar, el presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate, coincidió en que el delito abarca cualquier determinación judicial, «sea provisional o sea definitiva». El experto agregó que teóricamente sí puede existir prevaricato en una sala colegiada y que «eso no es curioso que pase, puede perfectamente darse», caso en el cual la responsabilidad penal recaería tanto en el ponente como en «todos los compañeros que firmaron la decisión».

Pese a esta viabilidad teórica, Bernate indicó que en este caso específico es difícil que prospere una acción penal y recomendó al primer mandatario «tomar las cosas con calma», al recordar que el Ejecutivo cuenta con «una serie de instrumentos jurídicos para atacar esa decisión, pero no atacar al magistrado».

El desmentido del tribunal: ni negación de pagos ni pérdida del régimen

A la inviabilidad jurídica de la denuncia se suma el desmentido oficial del alto tribunal frente a la narrativa del Ejecutivo. Mientras Petro ha insistido en que el magistrado incurrió en prevaricato por «negar el pago de pensiones», el Consejo de Estado aclaró que los derechos de los ciudadanos no están en riesgo.

La corporación precisó que es falso que la decisión judicial impida el pago de las mesadas pensionales, desvirtuando los mensajes difundidos públicamente por los ministerios del Trabajo, de Hacienda y por Colpensiones.

El tribunal determinó que el dinero existe, está disponible y genera rendimientos, y que solo se suspendió su traslado físico debido a los plazos extremadamente cortos —de entre 10 y 20 días— fijados por el Gobierno, lo que obligó a adoptar medidas de urgencia para evitar un movimiento irreversible sin revisión legal previa.

Además, frente al argumento de que se vulneraron los derechos de 25.000 trabajadores, la máxima instancia de lo contencioso administrativo aclaró que las personas que usaron la ventana de oportunidad mantienen en firme su traslado a Colpensiones, garantizando su jubilación, pero que la administración de esos recursos deberá seguir temporalmente en los fondos privados.

Banqueros, estafa y el fantasma electoral

Lejos de usar los recursos procesales frente a estas realidades jurídicas, el Jefe de Estado amplió este martes su confrontación y fijó un ultimátum al sector financiero. Petro advirtió que si los dueños de las administradoras de pensiones se niegan a pagar los ahorros, «cometen el delito de estafa y hurto», al tiempo que anunció que citó al Superintendente Financiero para iniciar la investigación respectiva.

La disputa reveló además antiguas tensiones entre el mandatario y la corporación judicial. En sus mensajes, Petro recordó la indagación a su campaña y señaló que el Consejo de Estado «ya se equivocó con el Jefe del Estado al permitir una investigación inconstitucional», calificando ese hecho pasado como un «delito» que considera cerrado.

Para Petro, la suspensión del decreto representa una acción de la justicia a favor de «mega multimillonarios dueños de bancos» y afirmó que no permitirá «un golpe feroz contra los derechos del pueblo» burlándose de su investidura obtenida por voto popular.

«Se rompió la línea roja de la Constitución y de los derechos fundamentales por simple codicia, y ni el presidente ni el pueblo deben permitirlo», escribió el mandatario.

La ruta procesal y el quiebre de poderes

Los penalistas consultados por Colprensa coincidieron en que la competencia para investigar a un magistrado del Consejo de Estado recae exclusivamente en la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, pero alertaron sobre el impacto democrático del pulso.

González Sánchez detalló que la postura del Ejecutivo «genera una fractura en el equilibrio de poderes» y lamentó que el mandatario cuestione públicamente a la rama judicial.

«Lastimosamente esto no le hace bien al Estado Social de Derecho», afirmó el abogado, y adelantó que ante estos señalamientos, los magistrados afectados «podrían presentar una acción constitucional de tutela en contra del mandatario para solicitar su retractación».

Por su parte, Bernate concluyó que pedir investigar a un juez por sus fallos «es un atentado contra la autonomía judicial y (…) no es lo que corresponde».

El decreto suspendido fue firmado en abril de 2026 por el entonces ministro de Hacienda encargado, Germán Ávila, mientras Petro viajaba a España, y desconoció alertas formales previas del Banco de la República sobre la falta de autorización legal para el traslado anticipado, así como los avisos de la Contraloría General sobre riesgos fiscales inaceptables.

La inédita acusación penal provocó una respuesta en bloque de la justicia. El Consejo de Estado emitió un comunicado calificando de «incendiario» el tono presidencial y precisó que «a poderes desbordados, controles efectivos e inmediatos», alertando que la desinformación pone en peligro la integridad física de quienes asumen el deber de juzgar.

El presidente de la Corte Suprema, Mauricio Lenis, sumó su voz al señalar que «no es normal que se agreda a una de las ramas del poder».

La Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) anunció que solicitará medidas cautelares a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para proteger a Bedoya Escobar.

Hernando Herrera Mercado, director de la CEJ, afirmó que el presidente ataca «de manera obsesiva y maniática» a la rama, mientras el presidente de Corjusticia, Hermens Lara, ubicó la estrategia de Petro en un contexto regional, comparando sus ataques con los ocurridos en México o Venezuela para «minar las democracias» y tener a los tribunales en su bolsillo.

/Colprensa.

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