Corte suprema niega extradición a Francia de ciudadano franco-marroquí

La Corte Suprema de Justicia emitió un concepto desfavorable a la extradición del ciudadano franco-marroquí Nabil Abida, solicitado por el Gobierno de Francia para cumplir una condena de cinco años por narcotráfico, tras concluir que la pena impuesta ya prescribió bajo la ley colombiana.

Nabil Abida fue capturado por la Policía Nacional el 26 de enero de 2025 en el Aeropuerto Internacional José María Córdova de Rionegro, Antioquia, en cumplimiento de una circular roja de Interpol que había sido emitida el 16 de octubre de 2019.

Tan solo tres días después de su detención, el 29 de enero de 2025, el Gobierno de la República Francesa, a través de la Nota Verbal n.° 2025-0039544, solicitó formalmente a Colombia la extradición de Abida.

El propósito de la solicitud era que el ciudadano franco-marroquí cumpliera la sentencia de cinco años de prisión que le impuso la Sala 16 Correccional 1 del Tribunal de París el 21 de junio de 2019. Los delitos por los que fue condenado incluyen la importación no autorizada de estupefacientes, contrabando de mercancías peligrosas para la salud pública y participación en una asociación de malhechores para la preparación de un delito grave.

En una decisión con ponencia del magistrado Carlos Roberto Solórzano Garavito, fechada el 3 de septiembre de 2025, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema explicó en detalle por qué no era viable la entrega.

El alto tribunal determinó que, aunque la condena fue emitida el 21 de junio de 2019, esta quedó en firme el 12 de julio de ese mismo año. Según la legislación colombiana y el artículo 7 de una convención bilateral entre ambos países, el término de prescripción de una pena es igual al tiempo de la condena impuesta, que en este caso era de cinco años.

La Corte calculó que el plazo para hacer efectiva la sanción comenzó a correr desde el 12 de julio de 2019. En consecuencia, la pena de cinco años prescribió el 12 de julio de 2024.

El tribunal señaló que este vencimiento ocurrió mucho antes de que se produjeran los dos hechos clave: la captura de Abida en Colombia (26 de enero de 2025) y la solicitud formal de extradición de Francia (29 de enero de 2025).

«Por tanto, (…) la pena impuesta en el extranjero se encuentra prescrita, lo que impide jurídicamente conceder la entrega», concluyó la Corte en su concepto. Por esta razón, el concepto final fue desfavorable a la solicitud del gobierno francés.

/Colprensa

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