La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia emitió sentencias condenatorias a 140 y 69 meses de prisión, respectivamente, contra el exsenador Musa Abraham Besaile Fayad y el senador John Moisés Besaile Fayad tras documentar el mecanismo interno de una sociedad ilegal conformada con el exgobernador Alejandro Lyons Muskus para financiar campañas políticas mediante la adjudicación direccionada de convenios de ciencia y tecnología y recobros de salud a cambio de comisiones equivalentes al 50 % de los desfalcos.
La sentencia detalló que Musa Besaile y Lyons Muskus acordaron la creación de una estructura para dividirse en partes iguales los dineros solicitados a contratistas del departamento de Córdoba. Lyons explicó en su testimonio que el porcentaje pactado correspondió al 15 % sobre el valor de los proyectos, recursos que financiaron aspiraciones electorales para mantener el control político regional.
El exgobernador señaló que el exdirector de Regalías, Jairo Zapa, gestionó la intermediación y coordinó las exigencias económicas. Sobre el pacto financiero, Lyons relató a la Corte: «Eso se lo comenté a Musa en el mismo mes de junio de 2013 y quedamos de que íbamos 50 % y 50 % y obviamente lo mismo que se había pactado para el tema de regalías».
El tribunal determinó que el esquema desvió 2.350 millones de pesos provenientes de cuatro convenios de ciencia y tecnología (733, 734, 735 y 755 de 2013). La Corte precisó que Musa Besaile recibió el dinero en dos entregas puntuales equivalentes a 350 millones en el apartamento de Lyons en Montería y 2.000 millones en una finca ubicada en Berástegui. El exmandatario indicó en su interrogatorio la mecánica del primer pago: «Yo le dije, ya te tengo el dinero y me dijo listo, dame 350 y nos vimos siguiente en mi apartamento y se los entregué».
LA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS
Para ejecutar la sustracción de los fondos de regalías, la organización estipuló adjudicar los convenios a la Corporación Centro de Investigación y Enseñanza Agroecológica, representada por Jesús Eugenio Henao Sarmiento. Al carecer del tiempo de creación requerido para contratar con el Estado, la estructura utilizó la Secretaría del Interior, dependencia a cargo de John Besaile.
El expediente concluyó que John Besaile emitió la Resolución 0334 con fecha del 20 de septiembre de 2012, pese a que el trámite administrativo ocurrió en febrero de 2014. El fallo precisó que el documento otorgó «una antigüedad superior a la que reflejaba su inscripción en el registro mercantil», maniobra que garantizó evitar «eventuales objeciones derivadas de su reciente constitución».
La Corte dictaminó que el entonces secretario «certificó en dicho acto administrativo manifestaciones contrarias a la verdad», al aseverar que el representante legal solicitó el trámite de personería jurídica y que los documentos cumplieron la normatividad, «pese a que tales circunstancias no correspondían a la realidad». El técnico operativo Carlos Causil declaró ante los investigadores que reemplazó el año 2014 por 2012 y destruyó el folio original de la resolución.
El sistema de recaudo también abarcó el Sistema General de Participaciones mediante la simulación de pacientes en el denominado cartel de la hemofilia. La corporación judicial estableció que la IPS Unidos por su Bienestar, gerenciada por Guillermo Pérez Ardila, obtuvo autorizaciones médicas irregulares a cambio de retornos de dinero en efectivo.
El tribunal documentó que las entregas por este rubro sumaron 4.000 millones de pesos entre 2013 y 2015. El emisario Sami Spath Storino recolectó el dinero y posteriormente lo entregó para su distribución equitativa entre Lyons y Musa Besaile.
La Sala de Primera Instancia impuso a Musa Besaile la pena de 140 meses y ocho días de cárcel, inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, una multa de 2.046 millones de pesos y el pago de 19.261 millones de pesos a favor del departamento de Córdoba.
El tribunal sentenció a John Besaile a 69 meses de prisión por el delito de falsedad ideológica en documento público agravado. La Corte le concedió el beneficio de detención domiciliaria tras la suscripción de un compromiso y el pago de una caución.
- COLPRENSA

