El Ministerio de salud expidió la Resolución 0813 del 28 de abril de 2026, que consolida en un solo marco normativo la regulación sobre el derecho fundamental a morir dignamente en Colombia.
Esta resolución unifica y actualiza la regulación existente sobre el derecho fundamental a morir con dignidad, integrando en una norma las disposiciones previamente contenidas en otras resoluciones.
La institución aseguró que la actualización de la normativa tiene como principal propósito consolidar y organizar los desarrollos jurisprudenciales en esta materia, sin introducir cambios sustantivos en los criterios de acceso ni en el alcance del derecho.
El Ministerio indicó que la nueva Resolución no crea nuevas categorías jurídicas ni modifica las condiciones de elegibilidad definidas por la Corte, sino que articula, precisa y mejora la operatividad de las reglas existentes para su aplicación en el sistema de salud, reduciendo la dispersión normativa y fortaleciendo la seguridad jurídica para pacientes, familias y prestadores de servicios.
En ese sentido, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) deberán garantizar la activación oportuna de los comités y de mecanismos definidos en la resolución para la atención de las solicitudes, en concordancia con los términos establecidos.
“En síntesis, la autonomía del paciente se mantiene como el eje central de toda la regulación. Se fortalecen herramientas como el consentimiento informado y los documentos de voluntad anticipada, y se establecen reglas más claras para los casos en los que la persona no puede expresar su voluntad y se regula la viabilidad del consentimiento sustituto”, concluyó el Ministerio de Salud.
/Colprensa.

