Air-e pide investigar a generadoras de energía

A través de sus abogados, Air-E le pidió a la Superintendente de Industria y Comercio (SIC), Cielo Rusinque, investigar si las generadoras de energía estarían distorsionando el precio de la luz y los apoderados presentaron varios hechos para justificar la petición. Según la carta que enviaron a la funcionaria las denunciadas son EPM, Emgesa, Isagén, Chivor y Celsia.

Para ejemplificar esta circunstancia, según los juristas, «basta remitirse al precio de la energía en octubre de 2023, cuando hubo un incremento aproximado de 400% en la Bolsa comparado con el precio medio de la energía bolsa del año 2022. Lo precedente bajo la justificación que las generadoras proyectaban escasez de aguas en los embalses, lo que afectaría la capacidad de generación».

La situación de escasez, de acuerdo con los abogados, nunca se presentó, sin embargo, los usuarios tuvieron que asumir el precio especulativo de la Bolsa de Energía, generando un enriquecimiento injustificado para los generadores, sin que se obtuviera una contraprestación para los consumidores.

En su denuncia ante la SIC, el abogado Lombana dice: En primer lugar, se debe precisar que AIR– E es un operador de la red eléctrica que presta sus servicios en dos de los tres departamentos con población menos favorecida económicamente, y ha venido denunciando públicamente y sufriendo las prácticas desleales de los generadores de energía, las cuales implican el aumento desmedido en los precios de adquisición de energía.

Para ejemplificar esta circunstancia, basta remitirse al precio de la energía en octubre de 2023, cuando hubo un incremento aproximado del 400% en la Bolsa comparado con el precio medio de la energía bolsa del año 2022. Lo precedente bajo la justificación que las generadoras proyectaban escasez de aguas en los embalses, lo que afectaría la capacidad de generación hidroeléctrica. Sin embargo, en noviembre de 2023, había agua de exceso en los embalses, lo que obligó a los generadores a verter agua que hubiese generado la misma energía que aquella consumida por los departamentos de La Guajira y Magdalena durante un mes´, dice el escrito.

Luego hace una demoledora acusación al seálar:´La situación de escasez nunca se presentó, sin embargo, los usuarios tuvieron que asumir el precio especulativo de la Bolsa de Energía, generando un enriquecimiento injustificado para los generadores, sin que se obtuviera una contraprestación para los consumidores. Situación que solicitamos estudiar por parte el ente administrativo sancionatorio, y así conocer la postura de la SIC frente a esa situación, abiertamente desfavorable a los consumidoresñ afirmó el abogado Lombana.

De igual forma el jurista señaló que ´sucede otro hecho de suma relevancia para la competencia funcional dela SIC y es que el bloque económico de los generadores ha decidido paralelamente no vender energía a los mercados de población vulnerable, para llevarlo a la bolsa de energía donde pueden especular y cobrar precios más elevados, los cuales terminan siendo asumidos por los consumidores en su factura. 6. Para demostrar esta situación, ponemos de presente a su Despacho el caso de los departamentos de Magdalena, Atlántico y Guajira, a los que solo se les ha vendido el 3% de la energía que han requerido entre los años 2022 y 2023´, sentenció.

LAS PRUEBAS

En su escrito ante la Superintendencia, Jaime Lombana manifiesta además que existen pruebas y estudios técnicos que demuestran la actuación en bloque de las generadoras ante el mercado, en términos de su competencia lo que constata es un “paralelismo ilegal entre ellas”, para mantener el cómodo escenario de tarifas elevadas para los generadores y así pues para qué competir, lo que implica una ausencia de respeto a las normas y bienes jurídicos que componen el objeto de protección de la SIC, causando una afectación muy grave a los usuarios, pues los precios posiblemente han sido manipulados con el objetivo de obtener mayores ganancias, en detrimento del consumidor final. Insistimos que estos hechos y comportamientos desvalorados podrán ser ampliados de manera rigurosa por los acá firmantes, con la información documental y pruebas incontrovertibles que así lo demuestran.

EL CHANCHULLO

La situación irregular se plantea cuando las generadoras acuden a la bolsa con precios supuestamente objetivos derivados de análisis técnicos, sin embargo, existen varios momentos donde eventos que no tienen relación con la energía derivaron en cambios drásticos del precio, a partir de actos coordinados por parte de los señalados partícipes del mercado de energía. Además, resulta paradójico que los consumidores colombianos paguen cada mes un cargo por confiabilidad en sus facturas de energía, el cual, en teoría, debería impedir la fluctuación abrupta de los precios de energía. No obstante, el país estuvo en riesgo de un apagón en febrero de 2024 y a pesar de esta circunstancia, el bloque de generadores, a través de tácticas tácitas, impidió la activación del mecanismo, produciendo un aumento de precios en detrimento de los usuarios´, escribió el abogado Jaime Lombana.

COSTO A LOS USUARIOS

En concreto, el abogado Lombana pide que se in estigue un posible acuerdo de precios para subir o bajar precio en bolsa, en diferentes momentos, en bloque, paralelamente, trasladando ese costo a los usuarios de Colombia, obteniendo utilidades exorbitantes que se ven reflejados en sus estados financieros aprobados y auditados (número 1 del artículo 47del decreto 2153 de 1992);

De igual manera la manera la posible manipulación de precio en la bolsa con abuso en índice de interés y oportunidad del costo de agua, con enriquecimiento sin contraprestación. La energía subió con la expectativa de que existiría escasez, lo cual no ocurrió, y se quedaron las generadoras con ese dinero, aprovechando una especulación, que pagó el usuario. Una condición natural inexistente es la causa de un enriquecimiento y del empobrecimiento de la parte débil de la economía, con precios inequitativos (numeral 1 del artículo 47 del decreto 2153 de 1992, concordante con el artículo 1 de la ley 155 de 1959);

Y finalmente señala que las Generadoras cuentan, la mayoría, con una integración vertical entre la actividad de generación, distribución y comercialización de energía. Dicha integración vertical le incentiva económicamente para expulsar a sus competidores en esos mercados verticales (mercados conexos o vecinos) generando la expulsión del mercado dado que el comportamiento en bloque ahorca a los otros agentes de la cadena, a la sazón del oligopolio reconocido de las generadoras (numeral 10 del artículo 47 del decreto 2153 de 1992, concordante con el artículo 1 de la ley 155 de 1959).

La denuncia va contra EPM, Emgesa S.A. E.S.P., ISAGEN S.A E.S.P., Celsia, y   AES Chivor y Cía

Articulos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Ultimos articulos