Se proyecta la circulación de 3,8 millones de vehículos

El calendario permitirá disfrutar de tres días consecutivos de descanso para quienes tengan libre el fin de semana y el lunes festivo. Estas son las fechas: Sábado 31 de octubre: inicio del fin de semana y celebración de Halloween. Domingo 1 de noviembre: fecha tradicional del ‘Día de Todos los Santos’. Lunes 2 de noviembre: festivo nacional por el traslado del descanso remunerado de Todos los Santos.

El Ministerio de Transporte dispuso restricciones para vehículos de carga de 3,4 toneladas o más en los principales ejes viales durante el fin de semana y el lunes festivo

El mes de noviembre comenzará con un fin de semana largo en el país. El lunes 2 de noviembre de 2026 será festivo en toda Colombia, una fecha que permitirá a trabajadores y familias organizar viajes, actividades recreativas y encuentros familiares antes de la llegada de la temporada de fin de año.

El puente coincidirá con el fin de semana de Halloween, cuya celebración principal será el sábado 31 de octubre. Sin embargo, el motivo legal del festivo del lunes no es Halloween, sino una festividad de tradición católica que se conmemora el 1 de noviembre.

De acuerdo con la Ley 51 de 1983, como esa fecha caerá en domingo en 2026, el descanso remunerado se trasladará al lunes siguiente.

El festivo corresponde al ‘Día de Todos los Santos’, es una celebración religiosa dedicada a honrar a los santos reconocidos por la Iglesia católica y a aquellos que no cuentan con una festividad individual en el calendario litúrgico.

Es importante tener en cuenta que esta conmemoración no debe confundirse con el Día de los Fieles Difuntos, que se celebra el 2 de noviembre y está dedicado a recordar a las personas fallecidas.

Aunque ambas fechas están relacionadas con la tradición cristiana y se encuentran próximas en el calendario, tienen significados religiosos diferentes. En 2026, el ‘Día de Todos los Santos’ tendrá su descanso festivo el lunes 2 de noviembre, mientras que la Conmemoración de los Fieles Difuntos coincidirá con esa misma fecha.

¿Por qué el lunes 2 de noviembre es festivo?

La explicación está en la Ley 51 de 1983, conocida como ‘Ley Emiliani’, la cual establece la normativa sobre las diferentes festividades civiles y religiosas.

«Cuando las mencionadas festividades caigan en domingo, el descanso remunerado igualmente se trasladará al lunes», se indica en la ley. Entre ellas se encuentra el ‘Día de Todos los Santos’, que figura expresamente en la norma.

Asimismo, el artículo 1 de esta ley reconoce el derecho al descanso remunerado para los trabajadores de los sectores público y privado durante los festivos contemplados en la legislación.

Este día se conmemora y honra a los beatos que se encuentran en el cielo.

RESTRICCIONES EN LA MOVILIDAD

El Ministerio de Transporte estableció medidas de circulación para vehículos de carga durante el puente festivo de Todos los Santos, que comienza este viernes 30 de octubre, y anunció los periodos en los que también habrá restricciones durante noviembre y diciembre de 2026, y enero de 2027. Las medidas cobijan a los vehículos de carga con peso igual o superior a 3,4 toneladas y se aplicarán en determinados corredores de la red vial nacional, de acuerdo con fechas, horarios y sentidos de circulación.

La primera jornada de restricciones coincide con el inicio del puente festivo de Todos los Santos. Según la programación del Ministerio de Transporte, las limitaciones buscan regular la circulación de este tipo de vehículos en corredores específicos durante los días de mayor movilidad.

Las disposiciones también contemplan excepciones para el transporte de determinadas mercancías, entre ellas alimentos, combustibles, oxígeno medicinal, maquinaria destinada a la atención de emergencias y otros productos esenciales. Sin embargo, estas excepciones están sujetas a condiciones específicas establecidas para cada caso.

El sábado 31 de octubre habrá una nueva jornada de restricciones entre las 6 de la mañana y las 3 de la tarde. Para esta fecha, la medida comprende las vías incluidas en la programación del boletín estratégico de seguridad y movilidad, con excepción del corredor Rumichaca-Pasto-Mojarras-Popayán. En la vía Medellín-Cruce Ruta 45, conocida como Caño Alegre, el horario será diferente: comenzará al mediodía y terminará a las 7 de la noche.

La programación continuará el domingo 1 de noviembre. Para ese día, el Ministerio de Transporte estableció una restricción entre las 3 de la tarde y las 11 de la noche, específicamente en el sentido Ibagué-Melgar-Fusagasugá-Soacha-Bogotá. La limitación estará concentrada en este recorrido hacia la capital del país.

El lunes festivo 2 de noviembre también habrá restricciones para los vehículos de carga. La medida comenzará a las 10 de la mañana y se extenderá hasta las 11 de la noche en las vías contempladas en la programación estratégica, en ambos sentidos de circulación. No obstante, el corredor Rumichaca-Pasto-Mojarras-Popayán estará excluido de esta disposición.

Una de las condiciones particulares para el cierre del puente festivo corresponde a la vía Bogotá-Villavicencio. En este corredor, la restricción será total y no tendrá excepciones, de acuerdo con las disposiciones anunciadas por el Ministerio de Transporte.

Las medidas de circulación para vehículos de carga no se limitarán al puente de Todos los Santos. El Ministerio de Transporte también tiene previstas restricciones para otros periodos de alta movilidad durante el cierre de 2026 y el comienzo de 2027.

El siguiente periodo será el puente de la Independencia de Cartagena, que comprenderá desde el viernes 13 hasta el lunes 16 de noviembre de 2026. Posteriormente, las medidas estarán previstas para el festivo de la Inmaculada Concepción, entre el viernes 4 y el martes 8 de diciembre.

Para la temporada de Navidad, el periodo anunciado irá desde el jueves 24 hasta el domingo 27 de diciembre de 2026. Las restricciones también están contempladas para el puente de Año Nuevo, entre el jueves 31 de diciembre de 2026 y el domingo 3 de enero de 2027.

El Ministerio de Transporte indicó que, ante situaciones como congestiones vehiculares, obstrucciones en las carreteras o emergencias, las autoridades competentes podrán implementar medidas adicionales para regular el tránsito.

Entre las alternativas contempladas se encuentran los pasos reversibles, los contraflujos y los anillos viales, cuya aplicación dependerá de las condiciones de movilidad que se presenten en cada corredor. Estas disposiciones podrán adoptarse de acuerdo con las necesidades de regulación del tráfico durante los desplazamientos.

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