El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Ministerio del Trabajo formular, en conjunto con la Subcomisión de Género de la Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, una política pública para combatir la violencia, el acoso y la discriminación en el ámbito laboral, luego de incumplir el plazo de 12 meses establecido en la reforma laboral.
La norma estableció que el documento debía reunir protocolos, planes, programas y estrategias para enfrentar estas conductas, además de integrar las disposiciones que ya existen sobre la materia.
El Ministerio sostuvo durante el proceso que había atendido la obligación con el Decreto 1040 de 2026, expedido el 5 de agosto de ese año para reglamentar disposiciones relacionadas con la violencia, el acoso y la discriminación en el trabajo. Sin embargo, el Tribunal señaló que el decreto se expidió después de vencido el plazo legal y de presentada la demanda, radicada el 30 de julio.
Además, consideró que dicha norma solo responde a un decreto que reglamenta disposiciones legales, por lo que no reemplaza la política pública exigida por el Congreso, en la que se deben definir medidas y acciones coordinadas para abordar un problema, incluyendo la participación de la Subcomisión de Género, cuya intervención no fue acreditada durante el proceso.
El Tribunal concluyó que formular la política no era una opción que el Ministerio pudiera aplazar, y explicó que “no se trata de una facultad potestativa o discrecional, sino que un deber concreto y determinado”.
Por eso, ordenó a la cartera completar el proceso en los cuatro meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia. La política deberá incluir medidas para prevenir y enfrentar las conductas de violencia, acoso y discriminación, así como integrar las normas vigentes.
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