La Corte Suprema de Justicia condenó al exmagistrado José Albino Ibagué a 48 meses de prisión por prevaricato por acción, al determinar que en 2012 excedió el alcance de un fallo de tutela y permitió reabrir actuaciones dentro de un proceso penal que ya había concluido.
La condena fue impuesta por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, que también le impuso una multa equivalente a 66,66 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos y una inhabilitación de 80 meses para ejercer derechos y funciones públicas.
El caso viene desde el 28 de septiembre de 2012, cuando Ibagué, quien entonces era magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, emitió una decisión en la que requirió al Tribunal Superior de Yopal para que cumpliera un fallo de tutela y habilitara nuevamente los términos procesales para la intervención de las partes en un proceso penal que ya estaba ejecutoriado.
Según la Corte Suprema, el fallo de tutela, proferido el 13 de agosto de ese año, había negado el amparo solicitado y únicamente ordenaba al tribunal aclarar o corregir aspectos puntuales de la sentencia penal, relacionados con las conductas atribuidas al condenado y el monto de la multa, por lo que al ordenar la habilitación de los términos procesales, el exmagistrado excedió lo dispuesto en esa decisión.
Dicha actuación del entonces magistrado permitió que se adelantaran nuevas diligencias en el proceso penal, entre ellas, algunas relacionadas con la prescripción de delitos, la modificación de la pena y la presentación de un nuevo recurso extraordinario de casación.
Al momento de establecer la pena, la Corte dispuso que los cuatro años de prisión se cumplan en el domicilio del exmagistrado, de 69 años, al considerar su edad.
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