El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto 234 de 2026, el cual otorga ‘superpoderes’ a los sindicados en las negociaciones sobre sectores económicos.
El decreto en cuestión permitía a los sindicatos presentar pliegos de peticiones unificados a sectores económicos completos, en lugar de realizarlos sobre una compañía especifica.
Esta medida fue expedida durante el Gobierno anterior y tenía como objetivo fortalecer las capacidades de los sindicatos en las negociaciones colectivas. Sin embargo, distintos gremios empresariales advirtieron que la nueva normativa generaba grandes afectaciones, especialmente en relación a las negociaciones con pequeñas empresas.
Ante el anuncio de la suspensión provisional del decreto, el Ministerio aseguró que este no afecta el derecho a la negociación colectiva.
“Siguen vigentes el artículo 55 de la Constitución, el Código Sustantivo del Trabajo y los Convenios 87, 98 y 154 de la OIT. Las convenciones colectivas vigentes y las negociaciones que se adelantan conforme al Código conservan plena validez”, indicó el Ministerio del Trabajo.
“El Ministerio respeta y acata la decisión. A partir de su notificación, el decreto no produce efectos y las direcciones territoriales y demás dependencias de la entidad se abstendrán de aplicarlo. Se impartirán las orientaciones necesarias sobre los trámites que se encuentren en curso”, concluyó la institución.

