Desde el 17 de septiembre correrán 30 días para subsanar vicio de la pensional

Luego de que el pasado 25 de agosto la Sala Plena de la Corte Constitucional declarara exequible la mayor parte de la reforma pensional, el alto tribunal acaba de publicar en edicto, durante tres días, la Sentencia C-264 de 2026.

Una vez termine la fijación del edicto, el próximo 17 de septiembre, comenzarán a correr los 30 días hábiles que tiene el Congreso para cumplir la orden.

Al finalizar dicho proceso, en el que la Cámara deberá volver a tramitar los nueve artículos o apartes de la ley para «trámite de subsanación» y una proposición para crear un nuevo artículo, deberá trasladarse al alto tribunal las actas y los documentos que acrediten lo realizado, para que la Corte vuelva a pronunciarse sobre esos apartes de la ley.

Este era el paso esperado para que la Cámara pudiera iniciar el llamado a sesionar y revisar varios incisos, literales, parágrafos, numerales y proposiciones correspondientes a los artículos 11, 14, 19, 23, 36, 63, 84, 92 y 93, hechas en su momento por los congresistas Armando Antonio Zabaraín, Jennifer Pedraza y Víctor Manuel Salcedo.

La Corte aclaró que la Cámara no podrá aprovechar este trámite para reabrir libremente toda la discusión de la reforma. Los congresistas podrán debatir y votar las proposiciones que quedaron pendientes y presentar nuevas modificaciones únicamente cuando tengan una relación temática clara y directa con aquellas propuestas originales.

Mientras se surte este procedimiento, las disposiciones de la reforma que fueron declaradas exequibles entrarán en vigencia el 1 de abril de 2027. En el caso de los artículos que regresan a la Cámara, su vigencia dependerá de que se subsane el vicio y de la decisión posterior de la Corte.

La Corte también extendió hasta el 1 de abril de 2027 la suspensión de los términos de los procesos que cursen o lleguen a cursar ante el tribunal contra la Ley 2381 de 2024.

/colprensa

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