Familia del periodista Guillermo Cano deberá ser indemnizada por el Estado

Luego de 40 años del magnicidio del periodista y director del diario El Espectador, Guillermo Cano Isaza, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca aprobó la conciliación entre el Estado y los familiares del periodista, con la que se reconoce una indemnización por los daños ocasionados por su muerte y por las fallas estatales reconocidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Cano, director de El Espectador, fue asesinado el 17 de diciembre de 1986. Era reconocida su posición crítica contra el narcotráfico y el respaldo a la extradición de narcotraficantes.

La Comisión Interamericana estableció posteriormente que era conocido el riesgo que el periodista enfrentaba por su labor y que, pese a ello, el Estado no adoptó las medidas necesarias para proteger su vida.

El caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1997 y, en 2001, el organismo declaró responsable al Estado colombiano por la vulneración de los derechos a la vida y a la libertad de expresión de Cano, así como por las fallas en las garantías y la protección judicial.

La CIDH también señaló que la violencia y las dificultades que rodearon la investigación produjeron un efecto de intimidación sobre la prensa y recomendó reparar a los familiares del periodista.

Uno de los puntos que más cuestionó el Tribunal fue precisamente el tiempo que tomó el Estado para avanzar en esa reparación. Según la providencia, aunque la CIDH había recomendado indemnizar a la familia desde 2001 y en 2018 reactivó el seguimiento del cumplimiento de esas recomendaciones, solo hasta 2026 la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado presentó la solicitud de conciliación.

El acuerdo contempla 300 salarios mínimos mensuales legales vigentes por concepto de perjuicios morales para la esposa y los hijos de Cano. El Tribunal consideró que, en vista de las deficiencias en la investigación y reparación efectiva, se justificaba aplicar el máximo previsto por la jurisprudencia para casos de graves violaciones de derechos humanos.

También se reconoció una compensación por lucro cesante a favor de la esposa y de dos de los hijos, quienes eran menores de 25 años cuando murió su padre.

El acuerdo tomó como referencia que Cano trabajaba como director de El Espectador y recibía una remuneración al momento de su muerte. La solicitud presentada por los familiares por este concepto ascendía a $548.737.931, según consta en la providencia.

/colprensa

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