El Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de San José de Cúcuta declaró improcedente la acción de tutela interpuesta contra el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). La controversia se originó a raíz de una presunta directriz de comunicación que, según los demandantes, invisibilizaba a las niñas del país al priorizar términos genéricos en los comunicados oficiales de la entidad.
Los accionantes argumentaron que la directriz emitida el 19 de agosto de 2026, que disponía el uso de “niños” y “adolescentes” en los contenidos institucionales, vulneraba los derechos fundamentales a la “igualdad, a la dignidad humana, el debido proceso administrativo y el interés superior de las niñas”.
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