Juez niega prisión a empresarios imputados por el caso de supuesto contrabando y lavado en Lili Pink

Según la Fiscalía, la investigación permitió establecer la existencia de una estructura criminal transnacional que habría operado desde 2013 mediante empresas fachada y sociedades comerciales en Colombia y Panamá. La hipótesis del ente investigador señala que estas compañías habrían sido utilizadas para introducir mercancías al país, dar apariencia de legalidad a las operaciones y ocultar el origen de los recursos obtenidos.

Los imputados son Max Marvin Abadi, David Max Abadi, Lorena Bernal Castro, Myriam Luz de las Mercedes Sánchez, Jonnatan Villamil Soler, Luz Adriana López López, Malaquilla Bismar y Merlín Roxana Mendoza.

Sin embargo, al analizar la solicitud de medida de aseguramiento, el juez cuestionó la forma en que la Fiscalía sustentó los elementos contra cada uno de los procesados y concluyó que no se alcanzó el estándar requerido para imponer una medida privativa de la libertad.

Uno de los principales reparos estuvo relacionado con la falta de identificación concreta de los actos que, según la Fiscalía, demostrarían la participación de algunos de los señalados. El juez señaló que se presentaron “actas, poderes y trámites sin indicar el acto fraudulento ni su contenido”.

Según la decisión, la Fiscalía sostuvo que el actuar de algunos de los procesados habría contribuido a la operación investigada, pero no precisó “cuál trámite era simulado, qué documento contenía una falsedad, cuál operación conocida como ilícita ni qué aporte esencial realizó”.

El despacho agregó que “el ejercicio de funciones jurídicas y de representación es neutral mientras no se demuestre el acto concreto, su sentido ilícito y el conocimiento en tal sentido”.

El juez también cuestionó la utilización de conversaciones bancarias como sustento de la solicitud, al considerar que estas no fueron relacionadas de manera suficiente con una operación criminal determinada.

“Se reprodujeron conversaciones bancarias, pero no se relacionaron con una transacción criminal determinada”, sostuvo el despacho. Según explicó, las conversaciones mencionadas por la Fiscalía hacían referencia a actividades como tesorería, negociación de divisas, reintegros, apertura de cuentas y trámites de aprobaciones bancarias, pero no se identificó de manera concreta “el contrato, la factura, la declaración de cambio, el origen del dinero” u otro elemento que permitiera establecer el carácter ilícito de las operaciones.

Respecto de Jonnatan Villamil Soler, el despacho señaló que se contrastaron sus cargos societarios con sus ingresos de nómina, pero sin demostrar el origen de los aportes ni su conocimiento consciente de un supuesto plan criminal.

 “La incongruencia patrimonial puede justificar una investigación sobre el origen de los aportes, pero no prueba automáticamente que Jonathan conociera un delito aduanero o la procedencia ilícita de los recursos”, afirmó el juez.

El despacho agregó que tampoco se había identificado “el documento de aporte, su fuente, una instrucción recibida, una importación que hubiera gestionado ni un acto de administración sobre los presuntos bienes y operaciones ilícitas”.

De manera general, el juez concluyó que el principal problema estuvo en la sustentación realizada por la Fiscalía durante esta audiencia. “El reproche puntual del juzgado recae sobre la deficiente sustentación realizada por la Fiscalía en esta audiencia puntualmente”, señaló.

En ese sentido, explicó que la delegada fiscal no habría precisado, respecto de cada procesado y de cada delito, qué elemento material probatorio, evidencia física o información legalmente obtenida respaldaba cada hecho jurídicamente relevante ni cómo esos elementos permitían inferir la participación dolosa de los investigados.

 “Por lo tanto, la exposición general de la Fiscalía no supera ese estándar mínimo de inferencia razonable de autoría, coautoría o participación integral requerido para la procedencia de la medida de aseguramiento privativa de la libertad solicitada en contra de los ocho procesados”, concluyó el juez.

No obstante, dentro de este mismo caso, otro juez de control de garantías sí impuso medida de aseguramiento contra Walter Martínez, por su vinculación a la investigación.

/blu radio

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