Profesor de Medellín fue destituido e inhabilitado por 17 años por actos sexuales abusivos contra dos estudiantes

Según el Ministerio Público, Vargas Rueda vulneró sus deberes de respeto, protección y ejemplaridad, entre otros.

La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 17 años al docente Henry Alonso Vargas Rueda, adscrito a la Secretaría de Educación de Medellín, por actos sexuales abusivos contra dos estudiantes menores de edad.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría Provincial de Juzgamiento del Valle de Aburrá estableció que el docente, quien se desempeñaba como profesor de ciencias sociales, sostuvo relaciones de connotación sexual con las menores dentro de la institución educativa y realizó tocamientos inapropiados durante 2022 y 2023.

Conductas investigadas por la Procuraduría

Según el Ministerio Público, Vargas Rueda vulneró sus deberes de respeto, protección y ejemplaridad, además de los principios de moralidad, imparcialidad y transparencia que deben regir la función pública.

La Procuraduría calificó las conductas como faltas disciplinarias gravísimas, cometidas a título de dolo, por lo que impuso la sanción de destitución e inhabilidad general por 17 años.

El proceso disciplinario

El caso había comenzado con un proceso disciplinario en el que el Ministerio Público investigó presuntos actos sexuales abusivos contra tres menores de edad.

Entre los hechos inicialmente investigados estaba el supuesto contacto con estudiantes a través de perfiles de Facebook para solicitar fotografías íntimas, así como presuntos tocamientos y relaciones sexuales dentro de la institución educativa.

Decisión en primera instancia

Por último hay que advertir que la decisión corresponde a la primera instancia del proceso disciplinario.

Esta noticia en cinco preguntas

¿Qué sanción impuso la Procuraduría General de la Nación al docente Henry Alonso Vargas Rueda?

La Procuraduría General de la Nación impuso al docente Henry Alonso Vargas Rueda una sanción de destitución e inhabilidad general por 17 años. La decisión fue adoptada por la Procuraduría Provincial de Juzgamiento del Valle de Aburrá, dentro de un proceso disciplinario relacionado con presuntos actos sexuales abusivos contra estudiantes menores de edad. La destitución implica la separación del cargo, mientras que la inhabilidad general le impide ejercer funciones públicas durante el periodo establecido en la decisión disciplinaria.

¿Qué estableció la Procuraduría sobre los hechos investigados?

En el fallo de primera instancia, el Ministerio Público estableció que el docente, quien se desempeñaba como profesor de ciencias sociales, sostuvo relaciones de connotación sexual con dos menores dentro de la institución educativa y realizó tocamientos inapropiados durante los años 2022 y 2023. Estos hechos fueron considerados por la Procuraduría como conductas que vulneraron los deberes que tenía el docente en el ejercicio de su función pública y frente a sus estudiantes.

¿Por qué la Procuraduría calificó las conductas como faltas gravísimas?

De acuerdo con el Ministerio Público, las actuaciones atribuidas al docente representaron una vulneración de sus deberes de respeto, protección y ejemplaridad, además de afectar principios que deben orientar el ejercicio de la función pública, entre ellos la moralidad, la imparcialidad y la transparencia. Por la gravedad de las conductas y al considerar que fueron cometidas a título de dolo, la Procuraduría las calificó como faltas disciplinarias gravísimas y determinó una sanción de destitución e inhabilidad general por 17 años.

¿Qué otros hechos fueron investigados durante el proceso disciplinario?

El proceso disciplinario inicialmente estaba relacionado con presuntos actos sexuales abusivos contra tres menores de edad. Entre los hechos que fueron objeto de investigación se encontraba el supuesto contacto del docente con estudiantes mediante perfiles de Facebook para solicitar fotografías íntimas. También se investigaron presuntos tocamientos y relaciones sexuales dentro de la institución educativa. La decisión conocida establece responsabilidades disciplinarias frente a los hechos que fueron determinados por la Procuraduría en su fallo de primera instancia.

¿La decisión de la Procuraduría ya es definitiva?

No. La decisión corresponde a la primera instancia del proceso disciplinario, por lo que no debe presentarse como una decisión definitiva mientras estén vigentes las etapas y recursos que correspondan dentro del procedimiento disciplinario. El fallo de primera instancia establece la sanción de destitución e inhabilidad general por 17 años, pero el proceso puede continuar conforme a las disposiciones aplicables y a los mecanismos de impugnación establecidos para este tipo de decisiones.

/lafm

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