La intención de Abelardo de la Espriella de asumir la presidencia en una guarnición militar abrió una disputa política y jurídica. De acuerdo con la Constitución, el artículo 192 exige la posesión ante el Congreso y solo permite salir de su sede por acuerdo formal de las cámaras o ante una situación excepcional.
La tensión creció en medio de la cancelación del empalme entre el gobierno de Gustavo Petro y el del presidente electo. A eso se sumó la afirmación de Petro de que no reconoce a De la Espriella y de que “el presidente de Colombia es Iván Cepeda”.
La justificación del cambio de lugar ya fue expuesta por el entorno del mandatario electo. José Manuel Restrepo, vicepresidente electo, dijo a la revista Semana que la ceremonia será “austera” y sin “shows mediáticos”, y la ubicó en una instalación castrense como señal de respaldo a la fuerza pública y de prioridad a la seguridad.
De la Espriella habló en el mismo sentido: “Hermano, vamos a hacerlo de manera diferente, como nunca se ha hecho, en una guarnición militar para rendirle honor a los verdaderos héroes de la patria, policías y soldados”.
¿Qué dice la Constitución sobre el lugar de la posesión?
La norma no precisa de forma literal que deba ser en el Capitolio Nacional, pero otras disposiciones delimitan la sede ordinaria del Legislativo.
Kenneth Burbano Villamarín, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Libre, explicó a Ámbito Jurídico que el artículo 140 de la Constitución y el artículo 33 de la Ley quinta de 1992 establecen que el Senado y la Cámara tienen su sede en la capital de la República y que el Capitolio es el lugar destinado para el ejercicio de sus funciones.
El jurista sostuvo que solo de manera excepcional ambas cámaras pueden trasladar su sede a otro lugar o, si hay perturbación del orden público, reunirse donde disponga el presidente del Senado.
A partir de esa lectura, fue tajante: “Si no existe una situación excepcional de orden público ni un acuerdo formal de las cámaras para trasladar su sede, el presidente de la República debe posesionarse ante el Congreso en el Capitolio Nacional”.
Burbano añadió que en este caso no aplica el criterio de que todo lo no prohibido está permitido. Su argumento fue que los servidores públicos solo pueden ejercer las atribuciones que la Constitución y la ley les señalan de manera expresa.
El equipo del presidente electo y el mensaje hacia la fuerza pública
La defensa política de la idea se apoyó en el valor simbólico del lugar. Restrepo señaló a Semana que el acto será “una demostración, sobre todo y muy importante, de reconocimiento a los actores de la fuerza pública”.
El vicepresidente electo vinculó esa escenografía con el programa del nuevo gobierno. “El compromiso que tenemos para garantizar autoridad en nuestro país parte de la base de dignificar y reconocer a los actores de la fuerza pública”, dijo, y agregó que esos servidores “en estos 4 años han sido maltratados por parte del gobierno de turno”.
Según el entorno de De la Espriella, la ceremonia se haría de manera inédita en una guarnición militar, posiblemente en el suroccidente del país. La apuesta, de acuerdo con Restrepo, buscó transmitir que el nuevo Ejecutivo pondrá el foco en “la seguridad y el restablecimiento del orden”.
El alcance institucional del cambio de lugar
Burbano advirtió que la discusión no termina en la interpretación de los artículos constitucionales. “La posesión presidencial constituye también un acto político e institucional de la más alta relevancia democrática”, afirmó al explicar que allí se expresa la unidad nacional a través de la presencia de los representantes elegidos por voto popular.
Desde esa perspectiva, el decano aceptó que una lectura posible del cambio de sede es que el nuevo gobierno quiera subrayar la seguridad como eje de su acción estatal.
Pero puso una condición explícita: cualquier mensaje de fortalecimiento del orden debe ir acompañado de una afirmación inequívoca sobre el respeto a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario.
El académico también señaló el riesgo inverso. “La realización de una posesión en una guarnición militar podría proyectar una imagen de la primacía de la fuerza pública sobre el poder civil”, agregó, con el argumento de que esa puesta en escena puede alterar el equilibrio institucional propio del Estado social y democrático de derecho.
Su advertencia se concentró en el efecto simbólico del acto. En lugar de expresar unidad nacional y colaboración armónica entre ramas del poder público, indicó, la ceremonia podría instalar la percepción de una subordinación de las instituciones civiles a la autoridad militar

