Juzgado frena entrevista en elección de Director de ICBF para el Magdalena

El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta decretó mediante Auto del 2 de julio de 2026 la suspensión provisional de la etapa de entrevistas de aspirantes a ocupar la Regional ICBF del Magdalena.

Fue una decisión del titular de dicho juzgado, Carlos Alberto Villalba del Villar, al conceder parcialmente la medida cautelar solicitada por el concursante Mario Ariza Monsalve, dentro de la acción de tutela que promovió al considerar vulnerados algunos de sus derechos fundamentales.

Así mismo se ordena al Bienestar Familiar y al Departamento de la Función Pública, a que, dentro de las 24 horas siguientes a la notificación, alleguen al despacho la matriz, rúbrica y formato de evaluación.

Igualmente, protocolo técnico o instrumento equivalente preexistente que será utilizado para calificar la entrevista, en especial respecto de los componentes ‘Garantía de derechos de la niñez’ y ‘Transparencia y conflicto de interés’.

Una vez sea entregada la información solicitada, el despacho del juez proseguirá con los trámites del caso y posteriormente se pronunciará en fallo de primera instancia, que puede ser apelado por alguna de las partes que se considere afectada.

LA NOTIFICACIÓN

Por medio de una información en su portal de Internet, la dirección general del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, advierte que, fue notificado de las decisiones adoptadas dentro de la acción de tutela radicada bajo el nro. 2026-10101, presentada por aspirantes al cargo de Director Regional.

En dicha acción se cuestiona la etapa de entrevistas del proceso de selección, particularmente por la presunta falta de conocimiento de una matriz, rúbrica o instrumento objetivo de calificación para algunos de sus componentes.

“En el marco de este trámite constitucional, el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Santa Marta decretó mediante Auto del 2 de julio de 2026 la suspensión provisional de la etapa de entrevistas a nivel nacional mientras se resuelve la controversia planteada y se verifica la información requerida”, dice la información.

Luego advierte que, esta medida tiene carácter temporal y preventivo, por lo que no constituye un pronunciamiento de fondo sobre la legalidad, transparencia o validez del proceso meritocrático, ni implica la nulidad de las actuaciones adelantadas. La decisión definitiva corresponderá a la autoridad judicial competente.

La comunicación también revela que, el Bienestar Familiar respeta plenamente la autonomía e independencia de la Rama Judicial y acatará las decisiones que adopten las autoridades competentes dentro del trámite constitucional actualmente en curso.

Finalmente, el Bienestar Familiar reitera su compromiso con el mérito, la transparencia, la publicidad de las actuaciones administrativas y el cumplimiento de la ley, principios que han orientado este proceso desde la apertura de la convocatoria pública en diciembre de 2023.

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