Corte tumba impuestos de emergencia económica y ordena devoluciones

La Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 1474 de 2025, que establecía medidas tributarias para financiar el presupuesto durante el estado de emergencia y ordenó no declarar ni cobrar impuestos directos derivados de esa norma, así como devolver los pagos anticipados y definir mecanismos para reintegrar los impuestos indirectos cancelados mientras el decreto produjo efectos.

La decisión quedó consignada en la sentencia C-079 de 2026, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés González, en la que la Sala Plena señaló que la inexequibilidad del decreto se produjo “por consecuencia” de la sentencia C-075 de 2026, que previamente había dejado sin efecto el estado de emergencia declarado mediante el Decreto 1390 de 2025.

En su decisión, la Corte ordenó que “los impuestos directos que fueron modificados o se hayan causado mientras el Decreto Legislativo 1474 de 2025 produjo efectos no sean objeto de declaración, liquidación o cobro”, y dispuso que “se devuelvan los que se hayan pagado anticipadamente”.

El 29 de diciembre de 2025 el Ejecutivo publicó el Decreto 1474 con los tributos creados al amparo de la emergencia: IVA del 19% a las bebidas alcohólicas, gravamen a cigarrillos, vapeadores y juegos de azar en línea, reducción del umbral del impuesto al patrimonio para capitales superiores a 2.094 millones de pesos, y una tarifa del 1% a los exportadores de petróleo y carbón.

/Colprensa.

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