Figura de la ´Silla vacía´ es inmediata

La aplicación de la figura constitucional de la silla vacía tras la entrega a las autoridades de los reelectos congresistas Wadith Manzur y Karen Manrique por el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres es inmediata.

La inminente aplicación de la figura constitucional de la silla vacía tras la entrega a las autoridades de los reelectos congresistas Wadith Manzur y Karen Manrique por el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres privará al Gobierno de dos aliados legislativos estratégicos, altera el quórum de las comisiones económicas para el cierre del actual periodo y encarece la búsqueda de mayorías absolutas para el cuatrienio entrante.

Pese a que el Partido Conservador se declaró en independencia ante el Consejo Nacional Electoral y las curules de paz carecen de bancada formal, los registros evidenciaron que los votos de Manzur y Manrique resultaron determinantes para el trámite de las reformas del Ejecutivo.

La ponencia de la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia vinculó la presunta entrega de sobornos con la necesidad de asegurar el aval de estos congresistas en la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público y la Comisión Tercera, instancias donde el Ministerio de Hacienda tramitaba los cupos de endeudamiento.

El impacto político de esta alianza trascendió los debates económicos, pues el avance del caso judicial coincidió con la presidencia de Manzur en la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara entre 2023 y 2024, etapa en la que los expedientes contra el presidente, Gustavo Petro, por presunta financiación irregular no registraron decisiones de fondo.

La captura de ambos representantes activó un intenso debate jurídico sobre el futuro de los escaños, pues la Constitución prohíbe los reemplazos cuando se trata de delitos contra la administración pública.

El exmagistrado del Consejo de Estado Hugo Bastidas Bárcenas explicó en entrevista a El Tiempo que por el hecho mismo de la captura los implicados no pueden ocupar la curul, lo que genera una vacancia temporal sin reemplazos durante el actual periodo legislativo.

El subdirector de la Corporación Excelencia en la Justicia, Andrés Pérez, señaló al mismo diario que como existe presunción de inocencia definitivamente no los pueden reemplazar aún mientras avanzan las investigaciones, por lo que las sillas quedan a la espera de una decisión definitiva del alto tribunal.

Esta restricción recae de momento exclusivamente sobre Manzur y Manrique por su privación de la libertad, mientras que los congresistas Liliana Bitar, Julián Peinado y Juan Pablo Gallo, junto al exlegislador Juan Diego Muñoz, enfrentan el llamado a juicio pero mantienen sus derechos políticos.

La controversia se agudizó porque Manzur y Manrique lograron su reelección el pasado domingo 8 de marzo, lo que proyecta la reducción del quórum oficialista hacia el nuevo Congreso.

Mientras la justicia define el futuro de los escaños inhabilitados, la reelección de la senadora Martha Peralta Epieyú, también salpicada en el expediente, desató fuertes críticas dentro del propio oficialismo tras la publicación de un video festejando su triunfo en la circunscripción indígena.

El director de la Ungrd, Carlos Carrillo, cuestionó la lentitud del sistema judicial y sentenció que respeta la presunción de inocencia, pero consideró imperativo que la Corte Suprema tome decisiones de fondo.

El funcionario exigió celeridad para evitar que los investigados mantengan su poder político en medio del proceso, concluyendo que este limbo jurídico es un insulto al país y reprochando que casi todos los acusados por el desfalco lograron reelegirse en las recientes votaciones.

Recordemos que Manzur fue la segunda votación más alta de su partido con 134.914 votos, mientras que Manrique se quedó con la representación de las víctimas en su departamento al lograr 5.640 votos, superando ambos el registro en las anteriores elecciones.

¿De qué se les acusa?

La Corte Suprema acusó a cinco congresistas y a un excongresista por actos relacionados con el escándalo de corrupción de la Unidad de Gestión del Riesgo, UNGRD.

Como parte de esta decisión, el alto tribunal dictó medida de aseguramiento contra Wadith Alberto Manzur Imbett y Karen Astrith Manrique Olarte.

Los congresistas, mencionados el exdirector de la Unidad Nacional de Gestiòn del Riesgo de Desastre Olmedo López, hicieron parte de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, desde la cual habrían recibido ofrecimientos para favorecer los programas del Gobierno, configurándose así el delito de cohecho impropio del cual se les acusa.

Liliana Esther Bitar Castilla, Juan Pablo Gallo Maya, Julián Peinado Ramírez y el excongresista Juan Diego Muñoz Cabrera, los otros acusados, asumirán el proceso en libertad.

¿Cómo funciona ?

La Constitución Política en su artículo 134 define la “silla vacía” de la siguiente manera: “En ningún caso podrán ser reemplazados quienes sean condenados por delitos comunes relacionados con pertenencia, promoción o financiación a grupos armados ilegales o actividades de narcotráfico; dolosos contra la administración pública (…)”.

En ese sentido, aunque los congresistas no hayan sido condenados y mantengan su derecho a la presunción de inocencia a la espera de una sentencia, el mecanismo se activa de inmediato, impidiendo el reemplazo.

Adicionalmente, la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia anunció que notificará al Congreso de las acusaciones con la intención de que los acusados sean suspendidos de sus cargos.

La senadora Angélica Lozano ha sido una de las congresistas que se han pronunciado ante la captura de Manzur y Manrique. En un mensaje de X (antes Twitter), Lozano aseguró que la decisión implica claramente la aplicación de la “silla vacía” y citó como ejemplo lo ocurrido con el exsenador liberal Mario Castaño.

Sin embargo, en el caso de Castaño, condenado a 15 años de cárcel por peculado por apropiación a un mes de terminar la legislatura, la “silla vacía” en ese caso aplicó únicamente para el periodo en curso.

Al respecto, el abogado Francisco Bernate sostiene la tesis de que, al no ser posible la posesión de los congresistas actualmente, la “silla vacía” aplicaría únicamente para el periodo actual y en el siguiente podrían ser reemplazados por el siguiente en la lista.

Algo similar ocurrió con Aída Merlano, cuya curul fue ocupada por Soledad Tamayo, pero fue luego anulado el reemplazo por el Consejo de Estado.

En ese sentido, la determinación final dependerá del avance de las investigaciones y de la eventual decisión de la Corte Suprema antes de la apertura del próximo Congreso.

OPINION DE BELTRAN

Por su parte, el reputado constitucionalista y exmagistrado Alfredo Beltrán Sierra, quien aseguró que en el escrito de acusación de los congresistas se debe especificar que los hechos fueron cometidos en su rol de representantes a la Cámara, un cargo que siguen desempeñando y por lo tanto hasta que no haya una decisión en firme no se podrá aplicar el fenómeno de silla vacía: «Si antes del 20 de julio, día de la posesión de los congresistas ya hay sentencia ejecutoriada ahí sí se aplicaría dicho fenómeno».

Pero, ¿qué va a pasar el 20 de julio cuando asuman sus nuevas curules Manzur en Senado y Manrique en Cámara?

Según el exmagistrado Antonio José Lizarazo, mientras no haya una condena en firme sus derechos políticos siguen intactos.

De hecho, manifestó que hubo un caso similar con la electa senadora Aida Merlano.

No obstante, si bien podrían pedir permiso para posesionarse se generaría una vacancia temporal.

En este caso, se aplicaría el artículo 134 de la Constitución política de Colombia que advierte que «en ningún caso podrán ser reemplazados quienes sean condenados por delitos comunes relacionados con pertenencia, promoción o financiación a grupos armados ilegales o actividades de narcotráfico; dolosos contra la administración pública; contra los mecanismos de participación democrática ni delitos de lesa humanidad».

En la práctica eso significa que si bien antes de la sentencia pueden ser reemplazados por los candidatos no elegidos según el orden de inscripción o votación, si los condenan cesa ese reemplazo.

En efecto, la ley 1475 de 2011 ratifica y amplía lo dicho en el artículo 134 de la Constitución y asegura que la curul ocupada por el congresista condenado no podrá ser reemplazada por otro miembro de la lista quedando la ‘silla vacía’ durante el resto del periodo legislativo.

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