La Corte Suprema de Justicia negó un permiso excepcional de salida de la cárcel La Picota solicitado por el excongresista Andrés Calle para visitar a su hijo recién nacido, al determinar que existen alternativas familiares e institucionales para el cuidado posparto y reafirmar que la libertad del procesado por el millonario desfalco a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), representa un peligro para la sociedad debido a su alta capacidad para reactivar una red criminal desde la informalidad.
«No se accederá al permiso excepcional de salida solicitado por el señor Calle Aguas», concluyó la providencia redactada por el magistrado Jorge Emilio Caldas.
La defensa de Calle argumentó la necesidad del permiso basándose en el nacimiento de su hijo el pasado 27 de diciembre, adjuntando tres conceptos médicos que advirtieron sobre las «condiciones de salud extremadamente frágiles del recién nacido y riesgos ambientales inherentes a un establecimiento carcelario», motivo por el cual la visita presencial resultaba «médicamente inviable e inconveniente».
«Desde su nacimiento, no he tenido la oportunidad de conocerlo», señaló Calle en su solicitud, en la cual también explicó que «este anhelo de un padre por conocer a su hijo recién nacido se ha convertido en una fuente de profunda angustia para mí y para mi familia», recalcando además que su derecho a la presunción de inocencia se mantiene intacto al no existir aún una condena.
Frente a esto, el alto tribunal explicó que comprende «las circunstancias de vulnerabilidad propias del periodo de posparto», pero concluyó que la «responsabilidad de brindar el acompañamiento emocional y físico a ambos, se extiende también a sus demás familiares, a toda la comunidad que conforma su red de apoyo», destacando la existencia de recursos institucionales para atender esta etapa.
Asimismo, la Corte ordenó a la Dirección de La Picota que, «en caso de que el procesado contemple la posibilidad de recibir la visita de su hijo menor, una vez los médicos tratantes la consideren viable», se deben adoptar absolutamente «todas las medidas necesarias para salvaguardar la vida e integridad del niño y de su madre».
*PELIGRO LATENTE PARA LA SOCIEDAD*
Esta negativa se suma a la reciente decisión de la Sala de Casación Penal que, a principios de febrero, ratificó la medida de aseguramiento en contra del expresidente de la Cámara de Representantes. En dicho fallo, la Corte concluyó que la renuncia de Calle al Legislativo no neutralizó su peligrosidad, ya que su conocimiento de la estructura corrupta le facilitaría operar «desde la informalidad» para «dinamizar esa red criminal a diversos niveles».
El Tribunal explicó que el procesado ostenta un «capital político y social significativo», lo que se traduce en una «capacidad intensa de influencia» que «favorece el acceso y funcionamiento de redes clientelares» diseñadas para extraer «réditos políticos o económicos» a través de contratos, ya sea directamente o por interpuesta persona.
Adicionalmente, la providencia señaló que los actos de corrupción imputados no son abstractos, pues «la actividad delictiva dirigida a menoscabar intereses encarnados en la base fundamental de la estructura social sí deja víctimas», afectando directamente a las poblaciones vulnerables de La Guajira y La Mojana, destinatarias originales de los recursos desviados.
*LA RUTA DE LOS SOBORNOS*
El caso que mantiene a Calle privado de la libertad en el pabellón de funcionarios públicos gira en torno a su presunta participación en el entramado liderado por Olmedo López y Sneyder Pinilla, quienes habrían desviado recursos de la Ungrd para comprar apoyo legislativo y asegurar el trámite favorable de las reformas sociales del Gobierno, como la pensional y la de salud, entre septiembre de 2023 y abril de 2024.
La investigación explicó que Calle presuntamente recibió una coima de $1.000 millones, entregada personalmente por Pinilla el 14 de octubre de 2023 en un apartamento de Montería, tras coordinar la cita en un «sitio reservado» a través de mensajes de chat. Pinilla transportó el dinero en maletines deportivos y bolsas de basura.
El expediente concluyó que el dinero del soborno provino inicialmente de un prestamista privado a una tasa de interés del 2,3%, pero dicha deuda fue saldada en enero de 2024 utilizando el anticipo público destinado a la fallida compra de los carrotanques de La Guajira, configurando el delito de peculado debido al claro «vínculo funcional» entre el capital y el patrimonio del Estado.
/Colprensa.

