Tras el cierre de la investigación del Caso 01 sobre toma de rehenes, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) hizo una precisión jurídica sobre el alcance de la imputación a los mandos medios de los Bloques Oriental y Sur: aunque en el expediente reposan testimonios de víctimas que presenciaron o sufrieron abortos forzados, este delito no fue imputado como un «patrón macrocriminal» o una política sistemática en este caso específico.
La Sala de Reconocimiento explicó la distinción técnica que definió la suerte de los 22 imputados. Si bien los autos documentan relatos desgarradores —como el citado en el Auto 33 sobre una víctima que presenció estos hechos—, la magistratura determinó que no existió evidencia suficiente en el caso de secuestro para probar que el aborto forzado fuera una orden generalizada o una práctica masiva de la comandancia hacia las cautivas.
“Presencié varias violaciones de los guerrilleros a las niñas, varios abortos que les practicaban a las niñas porque no podían estar embarazadas. Y si el método de anticoncepción fallaba, pues, había que abortar”, dijo a la JEP Maura Paula Linares.
La JEP aclaró que, para que un crimen sea imputado a la cúpula, debe demostrarse su sistematicidad. En ese sentido, la investigación sí encontró pruebas masivas para elevar a la categoría de «patrón criminal» otros dos delitos graves cometidos contra las mujeres: la esclavitud y la violencia sexual.
Según el Auto 34 y el Comunicado 10 emitido por la entidad, la recurrencia de estos crímenes permitió concluir que no fueron hechos aislados. Las cifras lo respaldan: la JEP acreditó 37 víctimas de violencia sexual y 31 de esclavitud en el Bloque Sur, y 20 de violencia sexual con 19 de esclavitud en el Bloque Oriental.
«Es la primera vez que la justicia investiga otros crímenes que se cometieron durante el cautiverio, como tortura, tratos crueles… esclavitud y violencia sexual», señaló la JEP en su decisión final.
De esta manera, los exjefes guerrilleros como alias ‘El Médico’ o ‘Fabián Ramírez’ deberán responder por permitir que las secuestradas fueran convertidas en «esclavas domésticas» y objetos sexuales de la tropa, pero el cargo de «aborto forzado» como política de guerra no hará parte de esta imputación específica, manteniéndose como casos individuales dentro del expediente o materia de otros macrocasos.
- COLPRENSA

