El alcalde Pinedo decretó lunes como Día Cívico

No habrá atención al público en las dependencias del Distrito. Igualmente se suspenden las actividades académicas en los colegios públicos.

El alcalde de Santa Marta Carlos Alberto Pinedo Cuello, decretó Día Cívico en el Distrito este lunes 15 de julio, sumándose a lo dispuesto por el Gobierno Nacional y con el propósito de fomentar la recreación y el deporte, en conmemoración de la participación de la Selección Colombia Masculina de Mayores en la final de la Copa América USA 2024.

La administración distrital que promovió entre los samarios el apoyo y respaldo hacia la Selección instalando cuatro plantallas gigantes en distintos puntos de la ciudad,  e interpretando el amor, cariño, aprecio y admiración que sienten los samarios por la Selección y como cuna del fútbol en Colombia, decidió decretar el Día Cívico con lo cual se suspenden todas las actividades oficiales en las dependencias del Distrito y sus entidades descentralizadas. Por consiguiente no habrá actividades laborales y académicas en el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta suspendiéndose además la jornada laboral para los servidores públicos de la Administración Distrital de Santa Marta.

En cuanto a las actividades académicas en las Instituciones Educativas Oficiales del Distrito, también se suspenden por el día de hoy.

El decreto establece algunas excepciones  enm virtud a la naturaleza y misión en la prestación de aquellos  servicios que demanden atención inaplazable a los habitantes de la ciudad, incluyendo, pero no limitándose a, los servicios públicos esenciales, funciones de policía, salud, prevención y atención de emergencias y desastres, movilidad, seguridad y orden público.

Por otro lado, el administrador de la ciudad instó a la empresa privada a sumarse a esta decisión.

El decreto 540 firmado por el alcalde Pinedo Cuello era espera por buena parte de la ciudadanía samaria que ha seguido con emoción el desempeño de la Selección Colombia. En su parte considerativa el citado decreto dispuso:

Que el artículo 2° de la Constitución Política de Colombia establece que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades.

Que el artículo 52 de la Constitución Política consagra el derecho fundamental de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

Que el artículo 70 de la Constitución Política establece que el Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacion a l.

Que la Selección Colombia Masculina de Fútbol participa en la Copa América USA 2024, evento deportivo de trascendencia internacional que ha fomentado en los ciudadanos colombianos la expresión de sentimientos de unidad nacional, solidaridad e integración familiar y comunitaria, motivando el acompañamiento y respaldo a la Selección Nacional en el marco de este campeonato continental.

De igual manera tuvo en consideración que mediante Decreto Nacional No. 880 del 12 de julio de 2024, el Gobierno Nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con ol dispuesto en el artículo 52 de la misma Carta Magna, declaró el quince (15) de julio de 2024 como «Día Cívico de la Convivencia yla Celebración Deportiva».

Que esta declaratoria tiene como fundamento el reconocimiento de la trascendencia del deporte como factor de cohesión social, la promoción de valores cívicos y el fortalecimiento de la identidad nacional.

Qué asimismo, dicha disposición faculta a las entidades territoriales para adoptar las medidas necesarias que permitan la adecuada conmemoración de esta fecha, en concordancia con sus competencias y autonomía administrativa.

Que, en aras de facilitar la participación y el acompañamiento de la ciudadanía del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, así como de los servidores públicos distritales, en la gesta deportiva que adelanta la Selección Colombia Masculina de Mayores, y con el propósito de brindar un recibimiento adecuado a la misma; se considera pertinente declarar el quince (15) de julio de 2024 como día cívico distrital. Esta medida tiene como objetivo promover la unidad nacional, fomentar la solidaridad ciudadana y fortalecer la integración familiar y comunitaria en un ambiente de sana convivencia y paz.

Que, en mérito de las consideraciones expuestas en precedencia,

DECRETA:

Artículo Primero: Declárese día cívico en el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta el quince (15) de julio del año 2024, con el propósito de fomentar la recreación y el deporte, en conmemoración de la participación de la Selección Colombia Masculina de Mayores en la final de la Copa América USA 2024.

Artículo Segundo: Decrétese la suspensión de actividades laborales y académicas en el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta durante la jornada del quince (15) de julio de 2024, en los siguientes términos:

  1. a) Suspéndase las actividades laborales para los servidores públicos de la Administración Distrital de Santa Marta.
  2. b) Ordénese la suspensión de actividades académicas en las Instituciones Educativas Oficiales del Distrito.

Parágrafo primero. Se exceptúan de la presente disposición las entidades, instituciones y organismos Distritales cuya naturaleza y misión impliquen la prestación de servicios que demanden atención inaplazable a los habitantes de la ciudad, incluyendo, pero no limitándose a, los servicios públicos esenciales, funciones de policía, salud, prevención y atención de emergencias y desastres, movilidad, seguridad y orden público, entre otros.

Parágrafo segundo. Facúltese a los secretarios de despacho y directores de entidades descentralizadas para que, dentro del marco de sus competencias, adopten las medidas necesarias para garantizar la continuidad en la prestación de los servicios a su cargo.

Artículo Tercero: Ordénese la suspensión de términos en las actuaciones administrativas en curso y que deban adelantarse durante el quince (15) de julio de 2024, en concordancia con las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Parágrafo Primero. Establézcase que los términos de las actuaciones o procesos de carácter contractual no se suspenderán durante la jornada del quince (15) de julio de 2024. En consecuencia, todas las actividades relacionadas con la contratación pública distrital continuarán su curso normal, incluyendo, pero no limitándose a, la recepción de ofertas, evaluaciones, audiencias y demás trámites inherentes a los procesos contractuales en curso o por iniciarse.

Artículo cuarto: Instar al sector privado del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta a adherirse a la conmemoración del Día Cívico, en aras de promover la recreación y el deporte, en el marco de su responsabilidad social empresarial y en consonancia con los objetivos de bienestar colectivo que inspiran la presente disposición.

Artículo Quinto: Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, según lo preceptúa el CPACA.

Artículo Sexto: El presente Decreto rige para el día quince (15) de julio de 2024.

Publíquese y Cúmplase

CARLOS ALBERTO PINEDO CUELO

Alcalde Distrital de Santa Marta

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