La Corte Constitucional dejó sin efectos la sentencia con la que un juzgado de familia dio por terminado anticipadamente un proceso para definir la paternidad y maternidad de un niño que, desde los primeros meses de vida, ha permanecido al cuidado de dos familiares, luego de ser entregado por sus padres biológicos, firmantes del Acuerdo de Paz.
El niño, cuya identidad fue protegida por el alto tribunal y a quien se refiere el documento como Mauricio, es hijo biológico de Zulma y Zaid, también nombres ficticios para proteger la identidad de los involucrados, quienes son firmantes del Acuerdo de Paz suscrito entre el Estado colombiano y las antiguas Farc.
En 2015, cuando el niño tenía dos meses, fue registrado como hijo de Alejandra y Ariel, familiares que asumieron su cuidado. Según la demanda presentada por la Defensoría de Familia, los padres biológicos lo dejaron a su cargo debido a condiciones de seguridad y al riesgo que enfrentaban durante el conflicto armado, mientras resolvían su situación jurídica.
Años después, los dos firmantes solicitaron la reunificación familiar y promovieron el reconocimiento de su vínculo biológico con el niño. En septiembre de 2023, la Defensoría de Familia inició un trámite de restablecimiento de derechos y, en febrero de 2024, presentó una demanda para impugnar e investigar la paternidad y maternidad.
En julio de 2025, el Juzgado Promiscuo de Familia dio por terminado anticipadamente el proceso tras un acuerdo entre los adultos involucrados, estableciendo que Alejandra y Ariel no eran los padres del niño, y reconociendo a Zulma y Zaid como sus padres biológicos, por lo que ordenó modificar sus apellidos y el registro civil, aunque mantuvo la custodia con sus cuidadores iniciales.
Aunque propiamente la decisión no fue apelada por las partes, un agente oficioso presentó una tutela al considerar que el juzgado había resuelto aspectos fundamentales de la identidad y la vida familiar del niño sin escucharlo directamente ni valorar de manera integral sus vínculos afectivos, argumento que fue ampliamente validado por el alto tribunal.
Durante la revisión, el niño manifestó a la Corte que quería permanecer con su familia de crianza y conservar sus apellidos. En una carta dirigida a los magistrados escribió: “quiero quedarme con mi familia y mis apellidos. Que nunca me separen de mi familia porque son lo más importante que tengo”.
El alto tribunal determinó que había hecho falta un estudio más detallado de la filiación biológica y los vínculos socioafectivos que el niño había construido con las personas que lo criaron.
En ese sentido, ordenó al juzgado de familia retomar el proceso y emitir una decisión de fondo. El nuevo fallo deberá explicar cómo se garantizó el derecho del niño a ser escuchado, qué valor se dio a su opinión y de qué manera las medidas adoptadas protegen su bienestar y estabilidad emocional y familiar.
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