Los argumentos de la Defensoría ante orden de sacar a excombatientes en Putumayo

El Gobierno Nacional, encabezado por el presidente Abelardo de la Espriella, estaría incumpliendo la orden de un juez al disponer que los excombatientes de la Zona de Ubicación Temporal (ZUT) en Putumayo salgan de ella a través de una comisión humanitaria. La resolución fue expedida a pesar de que una medida provisional había suspendido el cierre de la zona.

El origen de la discusión está en lo ocurrido el viernes 25 de septiembre, cuando el Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto Asís (Putumayo) suspendió de forma transitoria una resolución anterior del Gobierno que ordenaba cerrar la ZUT. El juez tomó la decisión al estudiar una tutela de 99 excombatientes, quienes alegaron que el cierre podría poner en riesgo varios de sus derechos fundamentales.

Sin embargo, y antes de que se tomara una decisión de fondo, el Gobierno expidió la resolución 215 de 2026, firmada por el Consejero Comisionado de Paz encargado, Carlos Andrés Ríos, quien ordena a dicha comisión humanitaria en su artículo 2 cumplir con la orden de dar salida a los excombatientes entre las 00:00 horas del 1 de octubre y las 00:00 horas del 2 de octubre. Es decir, entre este jueves y viernes.

Inmediatamente se prendieron las alarmas en varios sectores porque el riesgo, expresado en la tutela, se materializara. La Defensoría envió un oficio a Carlos Alexander Coral, juez Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto Asís, a quien pidió ampliar la medida cautelar que existe para evitar el cierre del espacio temporal e intervenir para evitar la salida de los excombatientes.

«Mientras la medida provisional ordenó suspender transitoriamente lo relacionado con la terminación de la Zona para la Capacitación Integral y Ubicación Temporal de Valle del Guamuez, la Resolución No. 215 de 2026 dispone la salida física, entre el 1 y el 2 de octubre de 2026, de las personas ubicadas en dicha zona respecto de quienes no existan órdenes de captura, quienes, según se ha manifestado en varias reuniones interinstitucionales, son la gran mayoría», explica la Defensoría en el documento conocido por Colprensa.

En ese sentido, la entidad argumentó que acatar la Resolución 215 de 2026 de la Oficina del Consejero Comisionado de Paz le quitaría todo efecto a la medida provisional y a la decisión de fondo de la tutela. «La salida física de la zona, sin las condiciones mínimas de garantía de derechos fundamentales que hemos exigido reiteradamente y a través de distintos medios a las autoridades competentes y demandadas, equivale materialmente a la terminación de la ZUT-ZOCIUT. Se materializarían precisamente las consecuencias que la medida judicial buscó suspender mientras se adopta una decisión de fondo en la acción de tutela».

EL RIESGO ADVERTIDO

El pasado 28 de octubre, en el marco del trámite del estudio de fondo de la tutela, la Defensoría envió un documento de 34 páginas en el que respaldó la petición de los excombatientes. Ese documento explica que a la fecha no hay ningún avance material para que el cierre de ese lugar se haga en las condiciones necesarias y con respeto de los derechos fundamentales y sin riesgos para los mismos.

Asegura el documento que en diferentes escenarios los excombatientes han manifestado su temor de que el gobierno suspendiera su proceso de reintegración y que por ello su vida, seguridad y dignidad humana se vieran comprometidas. Lo cual habría aumentado cuando se suspendieron las negociaciones de Paz.

«No hay ningún avance material en lo que respecta a identificación personal, análisis de riesgos y activación de medidas de protección, provisión de necesidades básicas inmediatas posteriores a la salida de la ZUT (salud, medios de vida, seguridad), resolución de la situación jurídica, articulación con autoridades locales y étnicas y definición de rutas de traslado protegido», concluye la entidad.

Sobre la salida humanitaria, ese documento ya explicaba que los excombatientes enfrentan riesgo de reclutamiento; represalias de grupos enemigos del grupo al que pertenecían; persecución por parte de la Fuerza Pública; y afectaciones a sus familias en caso de recibirlos.

La decisión está en manos del Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Puerto Asís.

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