El Ministerio de Transporte confirmó que millones de fotomultas impuestas en Colombia entre 2018 y 2024 deberán ser revocadas por irregularidades detectadas en la operación de cámaras de tránsito en 37 organismos del país.
Cuatro organismos de tránsito del Magdalena se encuentran entre las entidades investigadas y deben devolverles plata a los conductores sancionados con las llamadas fotomultas.
Esos organismos de tránsito son
- Oficina de Tránsito y Transporte Departamental del Magdalena: del 1 de febrero de 2019 al 29 de agosto de 2019.
- Instituto de Tránsito y Transporte Municipal de Ciénaga: del 8 de agosto de 2019 al 26 de mayo de 2021.
- Secretaría de Movilidad Multimodal y Sostenible de Santa Marta: del 15 de noviembre de 2019 al 21 de noviembre de 2024.
- Instituto Municipal de Tránsito de Fundación del 8 de agosto de 2019 al 26 de mayo de 2021.
El Ministerio de Transporte confirmó que millones de fotomultas impuestas en Colombia entre 2018 y 2024 deberán ser revocadas por irregularidades detectadas en la operación de cámaras de tránsito en 37 organismos del país.
La ministra de Transporte, Mafe Rojas, explicó que la decisión cobija comparendos impuestos mediante sistemas automáticos de detección que operaron sin cumplir requisitos legales y técnicos exigidos por la normativa colombiana.
Según indicó la funcionaria, la revisión adelantada por la Superintendencia de Transporte encontró que varias autoridades comenzaron a imponer sanciones antes de contar con los permisos requeridos o utilizaron certificaciones expedidas a terceros.
El Ministerio de Transporte indicó que las sanciones se revocarán dependiendo de la ciudad y del periodo en que operaron las cámaras bajo investigación
Ahora bien, Más de 1,4 millones de conductores en Colombia podrían verse beneficiados con la anulación de millones de fotomultas luego de la investigación iniciada por el Gobierno Nacional contra 37 organismos de tránsito del país por presuntas irregularidades en la operación de sistemas de detección electrónica.
La decisión cobijaría únicamente a comparendos que todavía no han sido cancelados por los ciudadanos y que fueron impuestos durante periodos en los que las cámaras operaron con presuntas irregularidades.
La investigación se originó por posibles incumplimientos relacionados con requisitos técnicos exigidos por la Ley 2251 de 2022 y la resolución 718 del Ministerio de Transporte.
De acuerdo con la Superintendencia de Transporte, varias autoridades de tránsito habrían operado cámaras salvavidas sin contar con el concepto de desempeño expedido por el Instituto Nacional de Metrología, documento que certifica la legalidad y confiabilidad técnica de esos sistemas.
Las autoridades señalaron tres situaciones detectadas durante la revisión:
Organismos que comenzaron operaciones sin el concepto técnico requerido.
Entidades que usaron conceptos expedidos a terceros.
Sistemas que obtuvieron aprobación después de haber empezado a imponer comparendos.
La ministra de Transporte, Mafe Rojas, aseguró que las actuaciones buscan proteger el debido proceso de los ciudadanos.
“Las fotomultas no pueden convertirse en un mecanismo de recaudo por fuera de la ley”, afirmó la funcionaria al presentar los resultados preliminares de la investigación.
Según explicó el superintendente Alfredo Piñeros, la orden será emitida a los organismos de tránsito para que retiren automáticamente los comparendos de sus plataformas.
El panorama cambia para quienes ya realizaron el pago de las multas. En esos casos, los ciudadanos deberán iniciar procesos jurídicos para reclamar el dinero cancelado.
Las autoridades señalaron que podrían adelantarse solicitudes mediante derechos de petición, tutelas o demandas por “pago de lo no debido”.
De acuerdo con los datos entregados por la Superintendencia, un millón 582 mil 398 comparendos ya fueron pagados y representan recaudos superiores a un billón de pesos.
ABECÉ DE LA DECISIÓN DE MINTRANSPORTE
¿Qué comparendos fueron revocados?, ¿cómo será el trámite de devolución de los que ya pagaron?, ¿qué pasará con los que no han pagado? y ¿habrá nuevas revisiones de comparendos? La Supertransporte, entidad que realizó la investigación de los fotocomparendos, respondió una serie de preguntas sobre el tema.
La Superintendencia de Transporte concluyó que 37 organismos de tránsito del país impusieron comparendos con cámaras de fotodetección sin cumplir un requisito técnico obligatorio: el “concepto de desempeño de la tecnología”, exigido por la normatividad vigente para el periodo comprendido entre finales de diciembre de 2018 y 2024.
La decisión se basa en el artículo 18 de la Ley 2251 de 2022 (Ley Julián Esteban), que le da potestad a la Superintendencia de Transporte de revisar la forma en la que se han impuesto comparendos con ayudas tecnológicas y para las autoridades de tránsito que no cumplieron los criterios de operación y autorización de esos dispositivos sanciones del doble de lo recaudado y que los comparendos que no han sido cancelados deben ser revocados.
¿Cuáles comparendos quedan anulados?
No todos los comparendos impuestos en el periodo revisado quedan anulados automáticamente. Solo aplican los impuestos por los 37 organismos evaluados dentro de los periodos en el que incumplieron el requisito técnico.
REVISIÒN DE CÁMARAS
Según la Superintendencia se revisaron 533 cámaras autorizadas inicialmente por el Ministerio de Transporte y se encontraron tres tipos de incumplimientos:
Uno, organismos que nunca tramitaron el concepto de desempeño; dos, organismos que tramitaron el concepto a nombre de terceros privados, y tres, organismos que obtuvieron el concepto de desempeño después de iniciar operación con las cámaras de fotomulta.
En esos casos, ¿a qué están obligados los organismos de tránsito?
Los organismos de tránsito deberán pagar como sanción el doble de lo recaudado y los comparendos que no han sido cancelados deberán ser revocados.
¿Qué cámaras y comparendos están cobijados por la decisión?
La decisión se refiere a cámaras de fotodetección, conocidas también como fotomultas, cámaras salvavidas, sistemas automáticos o semiautomáticos y ayudas tecnológicas de tránsito.
¿Revisarán más fotomultas?
La Superintendencia de Transporte hizo una primera revisión de 533 cámaras y la próxima semana, según el superintendente Piñerez, se incluirá otras 758 cámaras autorizadas posteriormente por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
¿Qué infracciones de tránsito están dentro de las anuladas?
Incluye comparendos por exceso de velocidad, no tener SOAT vigente, no portar revisión técnico-mecánica, pasarse el semáforo en rojo, adelantar en doble línea, maniobras peligrosas, mal parqueo en controles en vía.
¿Qué pasa con quienes pagaron?
Si el comparendo NO ha sido pagado, la Superintendencia indicó que deberá ser revocado de oficio y será retirado del SIMIT y de las bases de datos de tránsito. El ciudadano no tendría que hacer trámites para la revocatoria.
-Qué pasa con quienes ya pagaron?
Si el comparendo YA fue pagado, el dinero no será devuelto automáticamente. Las personas deberán reclamar ante el organismo de tránsito correspondiente mediante mecanismos como derecho de petición, tutela, demanda, acción popular. Según la entidad, cada conductor deberá demostrar que su comparendo fue impuesto en el periodo afectado y que sí realizó el pago.
¿Cuántos comparendos y cuánto dinero están involucrados?
La Superintendencia informó que hay 7,5 millones de comparendos involucrados, de esos, 1,5 millones ya fueron pagados, y cerca de 6 millones deberán ser revocados. Según la entidad, aproximadamente 1 billón de pesos ya fueron recaudados por comparendos revocados y en conjunto los organismos de tránsito deberán pagar una sanción estimada de 2 billones de pesos. Además, los ciudadanos dejarían de pagar alrededor de 3,2 billones de pesos correspondientes a comparendos pendientes.
¿La decisión elimina las cámaras de fotodetección?
No. El Supertransporte afirmó que el Gobierno respalda las cámaras de fotodetección porque ayudan a mejorar el comportamiento vial, reducen accidentalidad y siniestralidad y sirven como herramienta de seguridad vial. Sin embargo, insistió en que deben operar legalmente, con criterios técnicos, buena señalización y seguridad jurídica para los ciudadanos.
¿La decisión del Ministerio de Transporte está en firme?
No. Contra la decisión proceden los recursos de reposición ante el Ministerio de Transporte y de ser negado este, hay la posibilidad de interponer la nulidad contra la resolución del Mintransporte ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En todo caso, el Consejo de Estado tendría la última palabra.

