Las irregulares encuestas de Invamer, todas favorecieron al candidato del Pacto Histórico, Iván Cepeda. EL CNE ha descubierto la verdad.
Las inconsistencias metodológicas en la elaboración y divulgación de encuestas pueden afectar la confiabilidad y el impacto en la formación de opinión electoral, dice el CNE.
Investigación administrativa y formulación de cargos contra la encuestadora Invamer por posibles inconsistencias metodológicas en la elaboración y divulgación de encuestas que “podrían afectar la confiabilidad” de la información difundida a la vez que el impacto en la opinión ciudadana abrió el Consejo Nacional Electoral (CNE)
La decisión adoptada mayoritariamente por la sala plena del CNE este miércoles tras debatir la ponencia de la magistrada Martiza Martínez, referente a un informe técnico que advertiría posibles inconsistencias metodológicas en un estudio que sobre democracia realizó dicha encuestadora durante 2025.
La magistrada ponente concluye que se puede advertir una presunta vulneración del régimen legal y reglamentario aplicable en las encuestas y sondeos de opinión política y electoral.
Desde ayer miércoles, Invamer tiene un plazo de 15 días hábiles para ejercer su derecho a la defensa con la entrega de pruebas y presentación de descargos frente a las inquietudes del CNE, específicamente a la aplicación de las correcciones que tiempo atrás exigió tras una auditoría aplicada al mencionado estudio sobre intención de voto.
Vale recordar que la Comisión Técnica y de Vigilancia de Encuestas realizó unas primeras observaciones a Invamer sobre el estudio sobre democracia que realizó, en las que destacó presuntas inconsistencias en el diseño muestral utilizado para las encuestas, dificultades para verificar y replicar los resultados estadísticos publicados y diferencias entre microdatos, variables digitales y factores de expansión empleados en el procesamiento de la información.
De igual forma advierte sobre la falta de soportes técnicos para validar cálculos sobre margen de error y precisión estadística, así como sobre la aplicación de controles sociodemográficos en el mencionado estudio.
En aras la entrega de información confiable a los electores y en cumplimiento de su función de monitorear a las firmas encuestadoras habilitadas, el CNE hizo seguimiento a las observaciones que realizó el Comité Técnico Comisión de Vigilancia y encontró que Invamer no había tenido en cuenta las observaciones realizadas, por lo que en un segundo concepto técnico y definitivo, esta vez de la auditoría técnica y de metodología ratificó sus cuestionamientos, lo que dio origen a que el pleno abriera la investigación administrativa.
En la decisión del pleno del CNE finalmente se advierte a Invamer que podría ser “sancionada con multa o con la suspensión o prohibición del ejercicio de la actividad encuestadora, según corresponda, como lo posibilita el artículo 30 de la Ley 130 de 1994″.

