Cajamag reajustará este mes el subsidio familiar

En el Magdalena hasta finales de febrero, seguirán vigente los subsidios que se venían pagando en el 2025, Cajamag,  es decir la zona urbana sigue en 50.980 pesos y para la zona rural en 58.627 pesos. Luego será reajustado.

La ayuda estará en concordancia con los nuevos valores del salario mínimo y parámetros definidos por la legislación vigente-

En el Departamento del Magdalena, la Caja de Compensación Familiar del Magdalena, Cajamag, se prepara para ajustar en el mes de febrero, los nuevos valores de los subsidios que la entidad entrega a los trabajadores beneficiarios.

En consecuencia, hasta esa fecha se seguirán pagado 50.980 pesos a los beneficiarios en la zona urbana y 58.627 en la zona rural, de acuerdo a los manifestado por directivos de la entidad.

Estos valores, están cobijados en la Resolución No. 0084 del 2025, que estipula los montos a pagar a los beneficiarios en las diferentes categorías establecidas por el Gobierno nacional para estos menesteres.

– Beneficiarios a cargo de los trabajadores que se encuentran en condición de discapacidad: $101.960 pesos en zona urbana y 117.254 pesos en zona rural.

– En caso de muerte de un beneficiario a cargo del trabajador, se pagará un subsidio extraordinario por el mes en que este ocurra, equivalente a 12 mensualidades del subsidio en dinero que viniere recibiendo por el fallecido: 611.760 pesos en el sector urbano y 703.524 pesos en el sector rural.

– En caso de muerte de un beneficiario en condición de discapacidad, a cargo del trabajador, que estuviere recibiendo subsidio familiar, se pagará un subsidio extraordinario por el mes en que este ocurra, equivalente a 12 mensualidades del subsidio en dinero que viniere recibiendo por el fallecido: 1 millón 223 mil 520 pesos en la zona urbana y 1 millón 407 mil pesos en la zona rural.

– En caso de muerte de un trabajador beneficiario, la Caja de Compensación Familiar, seguirá pagando durante 12 meses el monto del subsidio por personas a cargo, a la persona que acredite haberse responsabilizado de la guarda, sostenimiento o cuidado de ellos: 101.960 pesos en la zona urbana y 117.254 pesos en la zona rural.

GENERALIDADES DEL SUBSIDIO

El subsidio familiar que entregan las cajas de compensación en Colombia para 2026 presentará topes salariales renovados y diferentes modalidades, siguiendo los incrementos legales y la actualización del Salario Mínimo Legal Mensual Vigente.

Este apoyo económico o en especie tiene como objetivo principal fomentar la permanencia de los menores en el sistema educativo, conforme al marco legal establecido por la Ley 21 de 1982 y la Ley 789 de 2002.

El ajuste del salario mínimo, fijado en $1.750.905 mensuales, establece que podrán acceder a la cuota monetaria los trabajadores que reciban hasta cuatro veces el salario mínimo, equivalentes a $7.003.620.

Para los hogares, la suma de los ingresos de ambos cónyuges no debe superar los seis salarios mínimos, es decir, $10.505.430. Además, se requiere que el trabajador tenga al menos 96 horas laboradas al mes.

Según lo previsto, el monto de la ayuda mensual para 2026 variará según la región, con valores estimados entre $53.000 y $86.000. En el sector agropecuario, la cuota se incrementa en un 15% sobre el valor ordinario, mientras que para los beneficiarios con discapacidad el pago asciende al doble de la cuota monetaria estándar.

A la hora de postularse, los afiliados a cualquiera de estas entidades deben validar si cumplen con las condiciones, mediante la verificación con número de cédula, ya que cada caja puede establecer parámetros adicionales para la admisión.

El beneficio, de carácter obligatorio y no voluntario para las entidades, se concede de manera anual, ajustándose siempre a la normativa nacional y a los procedimientos logísticos que disponga cada caja de compensación.

Los trabajadores afiliados a cajas de compensación en Colombia podrán acceder al subsidio familiar en 2026, un apoyo económico mensual por cada persona a cargo, cuyo monto varía según la región y la entidad.

El derecho al subsidio recae sobre quienes estén inscritos en una Caja de Compensación Familiar, tengan ingresos individuales hasta cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes (4 Smlmv), no superen conjuntamente con su pareja los seis salarios mínimos (6 Smlmv) y hayan trabajado al menos 96 horas durante el mes.

También es imprescindible tener personas a cargo reconocidas por la ley, como hijos menores de edad, hijos con discapacidad, padres mayores sin pensión y hermanos huérfanos.

La prestación puede entregarse como dinero, apoyos en especie (mercados, bonos o materiales escolares), o servicios de recreación y bienestar, y se abona de forma mensual sin constituir salario ni influir en el cálculo de prestaciones sociales. Todos los beneficiarios deben estar debidamente registrados ante la caja correspondiente.

Así mismo, la cuota monetaria no cobrada por el trabajador afiliado dentro de los tres años siguientes a su reconocimiento prescribirá, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 21 de 1982 y las directrices de las Circulares Externas 020 de 2017 y 02 de 2019 de la Superintendencia del Subsidio Familiar.

Para iniciar el trámite de la Cuota Monetaria, los trabajadores dependientes en Colombia deben acudir a la Caja de Compensación Familiar correspondiente a su afiliación y presentar un formulario junto con los documentos que acrediten la relación familiar y la dependencia económica, como registros civiles, certificados de estudio para mayores de 12 años y certificados de ingresos del grupo familiar.

Además de gestionar la Cuota Monetaria, estas entidades desempeñan un rol clave al fomentar el bienestar de los afiliados por medio de subsidios en especie y servicios, entre los que destacan programas de recreación, educación, turismo y vivienda.

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