Juez ordena al Concejo de Remolino transmitir sesiones por redes sociales

Un fallo de tutela obliga al Concejo Municipal de Remolino, Magdalena, a garantizar la transmisión digital de sus sesiones, con el fin de asegurar el principio de transparencia y el derecho a la participación ciudadana.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ciénaga, tras revisar la acción interpuesta por Braulio José Charris Ramos contra la corporación. La tutela ya había sido amparada previamente por el Juzgado Promiscuo de Remolino el pasado 5 de agosto.

El accionante argumentó que en Remolino no existe un recinto con condiciones adecuadas para que la comunidad pueda asistir a las sesiones, pues el espacio actual tiene capacidad apenas para 15 o 20 personas, frente a una población que supera los 12.000 habitantes. Esta situación, según explicó, limita de manera significativa la posibilidad de que los ciudadanos ejerzan su derecho a participar, vigilar y conocer las decisiones que toma el Concejo.

Asimismo, señaló que la corporación no publica de manera clara ni oportuna el cronograma de sesiones, incumpliendo el principio de publicidad establecido en el artículo 209 de la Constitución. La falta de información accesible sobre fechas, horarios y temas a tratar agrava —a juicio del demandante— las barreras a la participación ciudadana, ya que impide que los habitantes conozcan con anticipación las discusiones y decisiones que afectan a la comunidad.

El fallo judicial determinó que el Concejo de Remolino deberá transmitir en vivo todas sus sesiones a través de plataformas digitales como Facebook Live, YouTube u otros medios de fácil acceso, así como garantizar la divulgación previa y oportuna del cronograma de actividades por canales comunitarios, emisoras o la cartelera institucional.

Con esta orden, la justicia busca fortalecer los mecanismos de transparencia en la gestión pública local y abrir más espacios de participación ciudadana en un municipio donde, hasta ahora, el acceso a la información sobre las actuaciones del cabildo era limitado.

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