El trámite de la reforma pensional quedó suspendido en la Corte Constitucional mientras se recauda una serie de pruebas ordenadas por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, quien busca establecer si la segunda votación de la ley en la Cámara de Representantes cumplió con los requisitos legales exigidos tras el vicio detectado previamente por el alto tribunal.
El auto fechado el 22 de julio ordenó a la Secretaría General de la Corte que oficie al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) para que remita copia del Decreto 737 del 26 de junio de 2025, sus antecedentes, anexos y la certificación de la fecha y hora de publicación. También pidió los antecedentes y el Diario Oficial del Decreto 747 del 27 de junio.
Adicionalmente, la Corte solicitó un informe que indique si el presidente de la República salió del país el 27 de junio de 2025, y en caso afirmativo, especifique la hora exacta en la que ocurrió esa salida.
A la Cámara de Representantes se le pidió un total de 14 certificaciones e informes. Entre ellos, la fecha y hora en que se publicó la citación a la sesión plenaria del 27 de junio de 2025, tanto en la página web como en otros medios, junto con los anexos de esa convocatoria.
También debe certificar cuándo y cómo se publicó el orden del día de esa sesión, si este fue aprobado, y cuál fue el fundamento legal para afirmar en el informe enviado que en sesiones extraordinarias el decreto de convocatoria puede suplir el anuncio previo de proyectos de ley.
La Corte pidió a la Cámara que explique cuándo y cómo se anunció el aplazamiento de la hora de inicio de la sesión del 27 de junio, y que certifique el número de representantes requeridos para conformar quórum deliberatorio y decisorio en las sesiones del 27 y 28 de junio, así como los nombres, fechas y motivos de quienes presentaron excusas por inasistencia.
El alto tribunal también requirió información sobre el estado de aprobación de las actas correspondientes a esas sesiones, así como la documentación del proceso.
Otro aspecto clave es el cumplimiento del artículo 7 de la Ley 819 de 2003, que exige análisis de impacto fiscal para los proyectos de ley. La Corte solicitó copia de ese concepto, las gacetas en que conste, y los artículos que fueron objeto del análisis.
Además, pidió a la Cámara un informe detallado sobre todas las proposiciones y constancias radicadas durante las sesiones del 27 y 28 de junio, indicando fecha, hora, autores y contenido, así como las copias de dichos documentos y la forma en que se dio publicidad a cada uno.
Finalmente, la Corte solicitó una certificación de todas las votaciones realizadas el 28 de junio, con el registro electrónico y manual.
Tanto la Presidencia como la Cámara de Representantes tienen un plazo de diez días hábiles para entregar la información requerida, contado a partir del día siguiente a la recepción del auto. Una vez vencido ese término, la Secretaría General de la Corte deberá trasladar las pruebas recolectadas a los demandantes e intervinientes del proceso durante tres días para que puedan pronunciarse.
La solicitud de estas pruebas fue motivada por la necesidad de establecer las condiciones en las que se realizaron las sesiones plenarias extraordinarias del Congreso, especialmente en lo que respecta a la legalidad del trámite legislativo con el que se pretendía subsanar el vicio advertido en la primera votación.
La Corte Constitucional identificó un vicio de procedimiento en el trámite legislativo de la Ley 2381 de 2024, que estableció el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez o Reforma Pensional. Por ello, en junio pasado, ordenó a la Cámara de Representantes repetir la votación del articulado, tras lo cual se remitió un informe el 21 de julio con actas y documentos sobre las nuevas sesiones.
Sin embargo, el magistrado Ibáñez concluyó que los documentos enviados no permiten constatar plenamente si se cumplieron las condiciones legales exigidas para subsanar el trámite, razón por la cual se ordenó la práctica de nuevas pruebas.
Mientras tanto, el Gobierno anunció que aplicará desde ya algunas disposiciones de la ley, y tanto el presidente, Gustavo Petro, como el ministro del Interior, Armando Benedetti, cuestionaron abiertamente la decisión de la Corte, lo que ha generado un nuevo episodio de tensión entre los poderes Ejecutivo y Judicial.

