La Procuraduría General de la Nación sancionó con tres meses de suspensión e inhabilidad especial al exalcalde de Yopal, Casanare, Luis Eduardo Castro, por afirmar en rueda de prensa que invitaba a los “caballeros” del municipio a “consumir producto colombiano” en referencia a las trabajadoras sexuales nacionales. La expresión fue considerada un acto de violencia y discriminación contra la mujer.
La afirmación fue pronunciada el 6 de abril de 2021 durante una intervención en la que el entonces mandatario local abordaba temas relacionados con la prostitución. Según el Ministerio Público, la frase “constituye un acto de violencia y discriminación contra la mujer por cuanto degrada su calidad o condición de ser humano a la de un producto o cosa objeto de consumo”.
La Procuraduría concluyó que el mensaje también resultó discriminatorio contra las mujeres extranjeras que ejercían la prostitución en Yopal, al sugerir una preferencia nacionalista en un contexto de vulnerabilidad.
Debido a que Castro ya no ocupa un cargo público, la sanción se traduce en una multa equivalente a tres meses del salario que devengaba en 2021, además de una inhabilidad especial por el mismo tiempo. La Procuraduría calificó su actuación como una falta grave cometida con dolo.
El fallo fue proferido por la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 3. La defensa del exalcalde podrá interponer recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular.
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